El Consell designará antes de que acabe el año al Defensor del
Ciudadano en cumplimiento del acuerdo adoptado por unanimidad en
noviembre de 2001. Este es el compromiso del presidente del
Consell, Pere Palau, que, por otra parte, mantiene que esta figura
no es incompatible con la nueva consellera ejecutiva de
Participació Ciutadana, Carmen Domínguez. «Aunque parezca que sus
funciones se pueden solapar, desempeñarán funciones distintas.
Además, el defensor del ciudadano debe ser una persona
independiente», justifica el presidente, que asegura que en los
próximos meses propondrá al grupo de la oposición este
nombramiento.
En los presupuestos de este año, el equipo de gobierno no ha
previsto ninguna partida para financiar la puesta en marcha de este
servicio, aunque tiene la posibilidad de hacerlo a través de una
modificación de crédito. El reglamento acordado por todos los
grupos políticos establece que dos tercios del número total de los
miembros del pleno debe dar el visto bueno al nombramiento, aunque
Palau prefiere que sea por unanimidad. Dice que ya tiene en la
cabeza el nombre de algunas personas que podrían ocupar el puesto.
El reglamento también prevé dos modelos distintos para designar al
defensor del ciudadano. Por un lado, está el tipo figura ilustre y
de amplio reconocimiento socia, que daría prestigio a la
institución; y, por otro, la designación de un funcionario,
dedicado exclusivamente a defender los intereses de los ciudadanos.
El primero cobraría un sueldo simbólico (dietas), tanto como su
puesto, pues un letrado y un administrador serían quienes realmente
se ocuparían de todo el trabajo.
La sede de esta figura, según Palau, estará en el Consell, donde
se establecerá una oficina que deberá estar dotada con personal
técnico, jurídico y administrativo. El Defensor del Ciudadano,
según el reglamento, no estará sujeto a ningún mandato imperativo,
no recibirá instrucciones de ninguna autoridad y ejercerá sus
funciones con autonomía y según su criterio. Todas sus actuaciones,
además, serán gratuitas para el ciudadano, que podrá plantear
reclamaciones o solicitudes de intervención tanto verbalmente como
por escrito.
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