La juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de
Palma de Mallorca, Carmen Frígola, anula el acuerdo adoptado por la
Junta Electoral de Eivissa y Formentera de dejar fuera de las
elecciones al Partido Renovador de Eivissa y Formentera (PREF), en
base a la denuncia presentada por el Partido Renovador de les Illes
Balears (PRIB), que entiende que, al coincidir las siglas y el logo
de ambos partidos, puede confundir a los electores.
La sentencia, que asegura que la decisión de la Junta Electoral
es «gravemente lesiva» para el PREF, argumenta, por un lado que el
PRIB no concurre en las elecciones municipales (el PREF opta al
Consell Insular y los ayuntamientos de Eivissa, Formentera y Sant
Josep, mientras que el PRIB sólo se presenta al Consell) y, por
otro, que «no se trata de una coalición [el PREF] que utilice un
nombre parecido al del otro partido». La juez también dice que las
siglas de ambos partidos son distintas y que no es determinante que
personas que concurren en el PREF formaran parte antes del PRIB.
Por su parte, el PRIB ha presentado un recurso contra esta
resolución, que se fallará en un plazo de cuatro días.
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