La juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno de Palma de Mallorca, Carmen Frígola, anula el acuerdo adoptado por la Junta Electoral de Eivissa y Formentera de dejar fuera de las elecciones al Partido Renovador de Eivissa y Formentera (PREF), en base a la denuncia presentada por el Partido Renovador de les Illes Balears (PRIB), que entiende que, al coincidir las siglas y el logo de ambos partidos, puede confundir a los electores.

La sentencia, que asegura que la decisión de la Junta Electoral es «gravemente lesiva» para el PREF, argumenta, por un lado que el PRIB no concurre en las elecciones municipales (el PREF opta al Consell Insular y los ayuntamientos de Eivissa, Formentera y Sant Josep, mientras que el PRIB sólo se presenta al Consell) y, por otro, que «no se trata de una coalición [el PREF] que utilice un nombre parecido al del otro partido». La juez también dice que las siglas de ambos partidos son distintas y que no es determinante que personas que concurren en el PREF formaran parte antes del PRIB. Por su parte, el PRIB ha presentado un recurso contra esta resolución, que se fallará en un plazo de cuatro días.