El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha dictado una
sentencia que confirma la legalidad de la moratoria aprobada por el
Consell d'Eivissa i Formentera en octubre de 2000. Los magistrados
rechazan un recurso presentada por una promotora afectada por el
parón urbanístico al considerar que la institución tiene plena
capacidad jurídica para dictar una norma cautelar -y, por lo tanto,
preventiva- hasta la redacción definitiva del Plan Territorial
Insular.
La sentencia rechaza los argumentos esgrimidos por la promotora
para pedir la nulidad del acuerdo del Consell. Considera
irrelevante que la moratoria «se apartara» del informe desfavorable
emitido por el Govern ya que no era vinculante. También añade, en
contra de los criterios de la promotora, que la norma cautelar que
aprobó la institución insular «es acorde con el principio de
seguridad jurídica».
En esta línea, la sentencia considera que la norma cautelar no
hace sino anticipar las consecuencias que tendrá el nuevo
planeamiento, en este caso, el futuro Plan Territorial. «El Plan
Territorial puede tener efectos extintivos de la eficacia de las
licencias y la norma territorial cautelar ha de poder tener efectos
suspensivos de tales actos autorizatorios», afirma la sentencia.
También se rechaza el argumento de la promotora de que el Consell
vulneró competencias municipales con la aprobación de la moratoria
ya que la competencia propia de los consells en materia de
ordenación del territorio incide directamente en la ordenación
urbanística, aunque ésta sea materia municipal.
Otro de los argumentos que se rechazan es que la moratoria
vulnere los principios de legalidad y de jerarquía normativa ya que
se aprobó de acuerdo con normas estatales y autonómicas. El TSJB
tampoco está de acuerdo con la empresa promotora en el hecho de que
norma territorial crea por su cuenta una nueva categoría de suelo.
Al contrario, señala que tan sólo se limita a recoger «el conjunto
de requisitos legales que rigen la actividad de ejecución en suelo
urbano dotada efectivamente de urbanización».
La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB)
de confirmar la legalidad de la moratoria del Consell d'Eivissa i
Formentera tendrá consecuencias directas en las medidas similares
aprobadas casi de forma simultánea por los consells de Mallorca y
de Menorca. Es la primera sentencia que da la razón a una de las
tres instituciones insulares y se espera que las resoluciones
judiciales sobre las otras dos moratorias sean concordantes con la
conocida ayer. El único antecedente que existía hasta la fecha era
la moratoria que aprobó el Consell de Mallorca en la anterior
legislatura para impedir la construcción de 76 urbanizaciones, que
ha sido anulada por el TSJB ya que el Consell no tenía aún
competencias.
Sin comentarios
Para comentar es necesario estar registrado en Periódico de Ibiza y Formentera
De momento no hay comentarios.