La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Justicia (TSJ) de Balears ha ratificado la sentencia de 20 de
noviembre de 2001 por la que declaraba nula la licencia otorgada en
abril de 1997 por el Ayuntamiento a la sociedad Baloo Music S. A.
para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en la
finca rústica Can Guillem de Santa Agnès y obligaba al Consistorio
a «la restauración de la legalidad urbanística infringida inclusive
con la demolición de la obra».
En la sentencia, de fecha 22 de noviembre de 2002 y resultado de
las apelaciones del Ayuntamiento y de la empresa -vinculada al
músico Michel Cretu-, se confirma expresamente la decisión de que
el chalet ha de demolerse y, además, se declara nulo el acuerdo de
la comisión de gobierno municipal por el que se otorgó la licencia
de obras menores para la apertura de acceso a los trabajos que se
iban a desarrollar en la finca. Este último pronunciamiento es
fruto de otro recurso de apelación interpuesto por el Grup
d'Estudis de sa Naturalesa (GEN), denunciante de este caso. Su
presidente, Joan Carles Palerm, anunció ayer en rueda de prensa el
contenido de esta sentencia.
El presidente del GEN mostró su satisfacción por el fallo y
subrayó que a partir de esta sentencia «cambian muchas cosas en
Balears», ya que, por ejemplo en ella se advierte de que para
construir un camino en un paraje protegido no basta con una
licencia de obras menores, como la que dió el Ayuntamiento. Para
Palerm, «esto ha de servir de aviso a los ayuntamientos, pues no se
puede seguir actuando en urbanismo como si todo valiera, como si
esto fuera una república bananera». A su juicio, «se saltaron a la
torera todos los requisitos».
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