La ley no obliga a compensar a las navieras por la imposición de líneas de servicio público
Un estudio jurídico del Govern asegura que la administración tiene la «facultad», no la imposición de hacerlo
13/08/02 0:00
Las leyes que rigen las compensaciones económicas por la imposición de obligaciones de servicio público (horarios y líneas no suprimibles) no obligan a la administración a realizarlas. Al menos así lo recoge y argumenta un exhaustivo informe del jefe de los servicios jurídicos del Govern. El estudio asegura que el sistema actual otorga a la administración «la potestad para compensar económicamente la imposición de obligaciones a las empresas navieras que cubran líneas calificadas como de interés público» y que, por tanto, dicha compensación «no opera de modo automático sino que constituye una facultad de la administración».
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