El Gobierno central decidió ayer en Consejo de Ministros recurrir
la polémica ecotasa aprobada por el Parlament balear ante el
Tribunal Constitucional porque según aseguró su ministro portavoz,
Pío Cabanillas, «recae sobre hechos imponibles ya grabados con el
IVA y con el impuesto sobre actividades económicas (IAE)». El
Gobierno que preside José María Aznar considera que la ecotasa,
impuesto sobre las estancias en empresas turísticas de alojamiento,
vulnera el régimen constitucional de distribución de competencias
«al establecer un impuesto cuyo hecho imponible es sustancialmente
idéntico con el del impuesto sobre el valor añadido» y recaer
«sobre elementos materiales de riqueza gravados por el impuesto
local sobre actividades económicas».
A este respecto, fuentes gubernamentales señalaron que si se
compara el impuesto balear con el IVA, se puede observar que «en
ambos impuestos la capacidad económica gravada es la del consumidor
de los servicios de alojamiento en establecimientos turísticos, en
definitiva, establecimientos hoteleros o apartamentos arrendados
con los servicios complementarios propios de un establecimiento
hotelero». También resulta patente, según el acuerdo del Consejo de
Ministros, la incidencia del impuesto cuestionado en la materia
gravada por el IAE, entre otras cosas, porque la norma balear fija
las cuotas para determinados establecimientos de acuerdo, incluso
con parámetros del Impuesto de Actividades Económicas.
Pío Cabanillas, cuestionado ante la posibilidad de que el
Gobierno prohiba este impuesto, declaró que «no está capacitado
para tales actuaciones por lo que ha decidido recurrir al
Constitucional, que será el que decida si este impuesto debe
aplicarse o no». El Gobierno ha resuelto extender el recurso de
inconstitucionalidad contra la totalidad de la ley por considerar
que «la misma tiene por objeto exclusivamente el establecimiento de
un tributo que se considera inconstitucional, de forma que, aunque
los preceptos que regulan el objeto, hecho imponible, base
imponible y demás elementos configuradores son los que inciden
directamente en la contravención, todos los demás artículos
resultan afectados de inconstitucionalidad por conexión».
En este sentido, el Gobierno pide que se suspenda la aplicación
de esta figura impositiva al tiempo que reconoce que las
comunidades autónomas pueden establecer sus propios impuestos
«siempre y cuando no vulneren otras leyes o la propia Carta Magna».
Entre los touroperadores, la mayoría también recibió con agrado la
noticia. El grupo Preussag (TUI-Thomson) no ocultó su satisfacción,
como tampoco Condor-Neckerman o el grupo ITS-LTU-REWE.
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