Editorial
La sentencia que limita el radio de acción de los VTC
La última sentencia del Tribunal Supremo insiste en que hay «razones imperiosas» para poner coto a las VTC, que son los vehículos de transporte con conductor, servicios de viaje tipo Uber. Lo más importante de la conclusión judicial es que se remarca que no es lo mismo que un taxi, que es un servicio de interés público y debe ser protegido y regulado por la Administración. La decisión del Alto Tribunal ha sido bien acogida por el sector del taxi, dado que ratifica que se trata de servicios diferentes y en la necesidad de la previa contratación de los VTC. Es decir, los coches de estas empresas privadas no pueden buscar libremente clientes por las calles, tal y como haría un taxi. Debe movilizarse en caso de llamada precontratada con media hora de antelación. Ese punto, en cambio, ha sido recurrido en algunas comunidades autónomas, como es el caso del País Vasco. Lo deseable sería que entre taxistas y los VTC quedaran los límites claramente delimitados, para evitar algunos altercados que han dañado seriamente la imagen del sector.
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