La providencia dictada por el Tribunal Supremo que inadmite el recurso de casación que había interpuesto el Govern a la sentencia del TSJB pone, de nuevo, en el punto de partida la exigencia del conocimiento de la lengua catalana al personal sanitario del IB-Salut. La consecuencia de la inadmisión es que invalida las excepciones progresivas para el colectivo sanitario contempladas en el decreto que Armengol se vio forzada a aprobar ante el éxito de varias movilizaciones contra la imposición del catalán en la sanidad impulsadas por Mos Movem bajo el lema Los idiomas no salvan vidas. Así pues, el acceso a la sanidad queda regulado por la Ley de Función Pública, norma que fue modificada por la izquierda para elevar el conocimiento del catalán de mérito que heredó de José Ramón Bauzá a requisito. El TS, al igual que ya había hecho el TSJB, considera que cualquier modificación debe tener rango de ley; una coincidencia que reabre una polémica recurrente en Baleares, agravada por la falta de profesionales con los que cubrir las vacantes.
Editorial
El catalán agrava la crisis de la sanidad pública
Ibiza28/10/21 3:59
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