La Audiencia de Tarragona ha dictado una sentencia condenatoria de 31 años y 6 meses de cárcel para un hombre acusado de abusar sexualmente de su hijastra durante un período de dieciocho años, además de agredir sexualmente a dos menores, quienes eran amigos de una de sus hijas más pequeñas.
El tribunal ha absuelto al acusado de un cargo de agresión sexual continuada con penetración, así como de otro por atentar contra la integridad moral, y de dos acusaciones de lesiones. Los jueces de la sección cuarta también han exonerado a la madre de la víctima principal de su participación como cómplice necesaria por omisión en el delito de agresión sexual continuada a menor de 16 años.
El hombre condenado deberá compensar a las tres víctimas con una suma total de 120.000 euros. Los delitos ocurrieron entre los años 2001 y 2019 en varios municipios de la provincia.
En el fallo, el presidente del tribunal de la sección cuarta de la Audiencia de Tarragona ha impuesto una pena de quince años de prisión por un cargo de agresión sexual continuada a menor de 16 años, debido a los actos de agresión sexual cometidos contra su hijastra desde que tenía 6 o 7 años. Esta es la pena máxima que se puede imponer.
Por el mismo delito, pero en este caso, por agredir a otro menor- uno de los dos hermanos amigos de una de sus hijas pequeñas-, el juez ha dictado 10 años y 6 meses de prisión. También ha ordenado 6 años más de prisión por un delito de agresión sexual -por la agresión que sufrió el otro hermano, también menor.
A la vez, le impone la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de su hijastra y de comunicarse con ella durante un periodo de 20 años.
A la vez, le impone 10 años más de libertad vigilada y le inhabilita para cualquier profesión, oficio o actividad que comporte contacto con menores durante un periodo de 6 años. En cuanto a los otros dos menores, le prohíbe acercarse al primero y comunicarse durante 15 años y le impone 8 años de libertad vigilada. Para el segundo, dicta una pena de 7 y 6 años, respectivamente. Respecto a la inhabilitación por cualquier profesión, oficio o cualquier actividad relacionada con menores, también le impone 6 y 5 años más.
El hombre también estaba acusado de un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal y prevalencia de parentesc0, de otro contra la integridad moral y dos más de lesiones. Con todo, el tribunal lo ha absuelto de todos ellos.
120.000 euros de responsabilidad civil
En paralelo, la sala el condena a pagar una indemnización de 80.000 euros a la víctima principal y la cantidad de 30.000 euros y 10.000 euros a los otros dos menores. En global, el condenado tiene que pagar 120.000 euros de responsabilidad civil. Así mismo, los jueces le condenan a pagar la mitad de los costes procesales.
La madre de la víctima, absuelta
El tribunal ha decidido absolver a la otra acusada en la causa, la madre de la menor agredida sexualmente por su padrastro, la cual estaba acusada de ser cooperadora «necesaria» por omisión del delito de agresión sexual continuado a menor de 16 años.
En la sentencia, el presidente del tribunal argumenta que la prueba practicada durante el juicio «no es suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia» de la acusada, y por tanto «es procedente absolverla del delito por el cual era acusada».
Entre algunos de los argumentos para justificar la decisión, señala que la menor aseguró con «total rotundidad» durante su declaración que su madre no sabía nada del que pasaba y que ella no le había explicado ninguno de las agresiones. Además, considera que la declaración del acusado contra su expareja es «insuficiente». Por un lado, argumenta, que existe resentimiento y animadversión entre los dos; y por el otro lado, porque no pueden «obviar» que el hombre ha sido condenado para maltratar su ex mujer.
Agredida sexualmente desde muy pequeña
En la sentencia, el tribunal ha considerado probado que el condenado y la mujer absuelta mantuvieron una relación sentimental durante 18 años, de la cual nacieron dos hijas. La víctima principal es solo hija de la acusada, fruto de una relación anterior. También ha quedado probado que el padrastro empezó a abusar, con tocamientos y sexo oral, cuando la menor tenía tan solo 6 o 7 años.
Así mismo, los jueces aseguran que ha quedado acreditado que cuando la menor tenía entre 8 y 9 años, el hombre la obligaba a hacerle felaciones, tocamientos y a masturbarlo, así como a sentarse sin ropa encima suyo mientras eyaculaba sobre ella.
A la edad de 14 años, según acreditan los magistrados, empezaron las penetraciones, unos hechos que se producían de forma diaria. Además, sostienen, que las agresiones sexuales continuaron durante los siguientes años.
Según compilación la resolución judicial, la menor intentó poner fin a las agresiones sexuales desde que fue consciente que eran actos «incorrectos», pero el padrastro la amenazó con que se divorciaría de su madre, que la continuaría violando o que le haría lo mismo a su hermana pequeña.
«Esto le causó un gran desasosiego y adoptó una posición de aceptación y resignación hasta que denunció los hechos el 31 de octubre de 2019», indica el tribunal en la sentencia. Y añade: «todos estos hechos le causaron una grave afectación psicológica por los actos vejatorios a los cuales fue sometida».
Agresión a dos menores más
Aparte, el condenado también agredió sexualmente a dos amigos de una de sus hijas menores, los cuales tenían doce y ocho años cuando pasaron los hechos. Ambos se quedaron a dormir en casa del hombre después de una fiesta de final de curso de la escuela y, entonces, fue cuando sufrieron los abusos.
En el caso del más grande también le agredió en un descampado, donde lo intentó penetrar analmente, mientras que el más jove sufrió tocamientos. El juicio se celebró a puerta cerrada el año pasado y el tribunal emitió la sentencia en octubre.
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