El Consejo de Ministros sí ha aprobado un nuevo supuesto para que los consumidores eléctricos que están aún en desempleo, ERTE, jornada reducida, o con algún miembro de la familia en esas circunstancias, o bien en el caso de los empresarios, hayan visto reducidos un 75 % sus ingresos, puedan obtener el bono social, un descuento del 25 % en el recibo de la luz.
Este supuesto sustituye y amplía la medida que, con carácter excepcional adoptó el Gobierno con motivo del estado de alarma para frenar la expansión del coronavirus y que permitía solicitar el bono social como consumidor vulnerable a los autónomos que hubieran cesado su actividad en una fecha posterior al 14 de marzo, cuando entró en vigor el estado de alarma. Esta misma medida era aplicable a los autónomos que vieron reducida su facturación al menos en un 75 % en relación con el promedio del semestre anterior.
La portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha explicado que no se ampliarán las moratorias hipotecarias ni la prohibición del corte de suministros porque la legislación ya prohíbe el corte de esos suministros para la población vulnerable.
En concreto, está prohibido el corte de la electricidad para el consumidor vulnerable perceptor del bono social en caso de que en el hogar haya menores, personas con discapacidad y dependientes, y además, los perceptores del bono social disponen de cuatro meses desde el aviso de impago para hacer frente al pago de recibos, en lugar de dos como el resto.
El nuevo supuesto o categoría de consumidor vulnerable que ha aprobado el Consejo de Ministros establece que tienen esta consideración las personas en situación de desempleo, en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) o que hayan visto reducida su jornada laboral por cuidados y, en el caso de ser empresario, afrontar circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos por la crisis del COVID-19. También tendrán esa consideración de consumidor vulnerable aquellos en cuya unidad familiar algún miembro se encuentre en las situaciones mencionadas.
Para solicitar el bono social, hay tres tramos de ingresos, en función de los miembros de la unidad familiar, en función de si hay o no menores y en qué número, aunque también puntúa con 0,5 puntos más para obtenerlo si algún miembro de la unidad familiar tiene una discapacidad superior al 33 %, ha sufrido violencia de género, es víctima del terrorismo o tiene una dependencia reconocida de grado 2 ó 3.
Según lo regulado en el real decreto-ley aprobado este martes, al ser difícil acreditar con la renta la caída de ingresos sufrida durante 2020, los que quieran solicitarlo a la comercializadora deberán presentar una declaración responsable en la que manifiesten su situación, o la de algún miembro de su unidad familiar, y los ingresos de ésta.
En el caso de la nueva categoría de bono social, el derecho a percibirlo se extingue cuando dejen de concurrir los requisitos requeridos para ser beneficiario, hecho que el usuario debe comunicar a la empresa comercializadora en el plazo máximo de un mes, pero en cualquier caso el derecho a percibir el bono social bajo el nuevo supuesto finaliza el 30 de junio de 2021.
Los perceptores por estos motivos de caída de ingresos por la COVID-19 también tienen derecho al denominado bono social térmico, una ayuda directa para ayudar a hacer frente a los gastos de calefacción y agua caliente durante los meses del invierno para los que tienen el bono social eléctrico.
Más de 1.330.000 hogares son beneficiarios del bono social en España y desde la declaración del estado de alarma más de 42.000 nuevos hogares han accedido a él, según los últimos datos disponibles, y cerca de 5.000 autónomos se han acogido al supuesto excepcional creado para ellos tras la declaración del estado de alarma.
Cabe recordar que el Ejecutivo dio luz verde al llamado 'escudo social' en marzo con varios decretos en los que recogía medidas sanitarias, económicas y sociales para hacer frene a la crisis del COVID-19 y las consecuencias del confinamiento derivado del Estado de alarma decretado.
Sin embargo, en julio aprobó tres paquetes de medidas para prorrogar hasta finales de septiembre la protección del 'escudo social' para aliviar las cargas financieras de la hipoteca, del alquiler y los suministros básicos hasta el 30 de septiembre, que ahora se verá nuevamente extendido pero solo en parte.
De esta forma, la moratoria hipotecaria sobre la vivienda habitual se puede solicitar hasta este martes, 29 de septiembre, y tendrá una duración de tres meses, al tiempo que la prohibición de suspender el suministro de agua, energía eléctrica y gas en ningún domicilio que tenga la consideración de primera vivienda, también concluye este miércoles.
Por su parte, el veto a los lanzamientos, los alquileres 'abusivos' y las medidas relativas a los grandes tenedores sobre alquiler se amplían hasta el 31 de enero de 2010. La prohibición de los desahucios sin alternativa habitacional concluía este viernes, mientras que el veto a alquileres 'abusivos' y las medidas sobre grandes tenedores finalizaban este miércoles.
En detalle, la prohibición de desahucios se sustentará en las mismas condiciones marcadas el Real Decreto Ley de marzo, ampliada ahora hasta el 31 de enero junto a la obligación de mantener contratos de alquiler en sus actuales condiciones de cara a evitar subidas abusivas.
También se prolongan las medidas sobre grandes tenedores respecto al alquiler, que «tendrán que decidir» entre quitar del 50 % del alquiler o una reestructuración de la deuda en, al menos, 3 años.
El acuerdo para esta prórroga, a instancias de Unidas Podemos, ya está cerrado tras una negociación intensa entre los miembros del Ejecutivo de coalición, si bien finalmente no se ha conseguido ampliar la moratoria hipotecaria ni la prohibición de cortes de suministros al ser frenado por el Ministerio de Asuntos Económicos, según señalan fuentes de la negociación.
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