El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena escuchará de nuevo el próximo jueves 11 de enero al exconsejero de Interior de la Generalitat Joaquim Forn y a los líderes de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. Los tres pidieron declarar de nuevo ante el juez que les investiga por los hechos que culminaron en la Declaración Unilateral de Independencia (DIU) de Catalunya con el objetivo de lograr su excarcelación.
A Forn, en la cárcel desde el pasado 2 de noviembre, se le imputan rebelión, malversación de fondos públicos y sedición, mientras que a los líderes sociales, que cumplen prisión desde el 16 de octubre, únicamente se les acusa de este último delito.
La posibilidad de que sus nuevas manifestaciones ante el juez puedan conllevar su salida de la cárcel parecen sin embargo escasas tras conocerse el contenido del auto por el que el pasado viernes la Sala de lo Penal del alto tribunal avaló las tesis de Llarena y rechazó el recurso de apelación que había presentado ante ellos el exvicepresidente y actual diputado electo Oriol Junqueras.
LO DICHO POR LA SALA SOBRE EL 20 DE SEPTIEMBRE
En dicho auto, y respecto a los actos cometidos el pasado 20 de septiembre ante la Consejería de Economía cuya responsabilidad se atribuye a Forn y los 'Jordis', se señala expresamente que "constituye una conducta de extraordinaria gravedad incitar a varios millones de ciudadanos a que acudan a votar ilegalmente a sabiendas de que se van a encontrar necesariamente con la oposición física de los agentes policiales que (...) van a actuar con el único fin de asegurar el cumplimiento de sus normas más elementales y de las sentencias del Tribunal Constitucional que ha ordenado su cumplimiento"
Añadían los magistrados del tribunal de apelaciones que pretender la declaración de independencia fuera de cualquier vía de Derecho y anunciando la firme voluntad de incumplir las decisiones del Tribunal Constitucional, incitando, junto al resto de partícipes en el plan, a sus partidarios a movilizarse en la calle y forzar al Estado a aceptar la independencia, supuso asumir y aceptar "previsibles y altamente probables episodios de violencia para conseguir la finalidad propuesta", actos que efectivamente se produjeron.
Forn, Junqueras y los 'Jordis' son los únicos cuatro investigados en esta causa que continúan en prisión preventiva, puesto que Llarena sí accedió a acordar la libertad bajo fianza de 100.000 euros para otros siete exconsejeros que se encontraban en prisión desde el pasado 2 de noviembre por orden de la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela. Por su parte, el magistrado del alto tribunal ya había dejado anteriormente en libertad a la presidenta del Parlament de Catalunya, Carme Forcadell, y al resto de exmiembros de la Mesa también investigados en este procedimiento.
LOS VINCULÓ A LA "EXPLOSIÓN VIOLENTA"
En el auto en el que acordó la libertad de los miembros del exGovern en España llarena distinguió entre las actuaciones de éstos y los casos de Junqueras, Forn, Sanchez y Cuixart y argumentó que sus aportaciones a lo ocurrido estuvieron "directamente vinculadas a una explosión violenta que, de reiterarse, no deja margen de corrección o de satisfacción a quienes se vean alcanzados por ella". En ese sentido, su auto recordaba varias actuaciones violentas como el "asedio" por decenas de miles de personas a una comisión judicial que registraba la Consejería catalana de Economía en Barcelona.
Igualmente, Llarena diferenciaba entre la actuación de los miembros de la Mesa del Parlamento catalán, cuya aportación se limitó a desatender cuantas decisiones judiciales se habían dictado, y la actuación de los otros diez querellados, en los que el juez aprecia un juicio razonable de riesgo de reiteración delictiva, por la "lesividad" que puede acompañar a la reiteración de sus aportaciones.
El peligro, según el juez, no desaparece con la formal afirmación de que abandonan su estrategia de actuación y con la determinación judicial de evaluar su situación personal si sus afirmaciones resultan mendaces, "sino que exige constatar que la posibilidad de nuevos ataques haya efectivamente desaparecido, o que paulatinamente se vaya confirmando que el cambio de voluntad es verdadero y real".
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