El documento elaborado por el Ministerio de Fomento cuenta con el visto bueno de la Comisión Europea (CE) y el consenso de las empresas estibadores, pero lo rechazan los sindicatos que han convocado una huelga de nueve jornadas alternas en marzo, coincidiendo con el período del trámite parlamentario de la nueva ley.
El ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, ha dicho en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que la huelga «no ayuda nada» al proceso de diálogo abierto en estos momentos entre sindicatos y patronal, en el marco de la negociación colectiva, al ser un elemento de presión que no favorece llegar a un entendimiento.
El ministro hecho un llamamiento a que «intensifiquen» su negociación colectiva, donde se pueden acordar cuestiones como la subrogación de los trabajadores, la experiencia y las prácticas, propias de los convenios colectivos y que no podían ser incorporadas al decreto porque lo prohíbe la CE.
Los estibadores y la patronal Anesco se volverán a reunir el próximo martes en una mesa de negociación colectiva, bajo la mediación del presidente del Consejo Económico y Social (CES), Marcos Peña, nombrado por el Ministerio de Empleo a petición de ambas partes.
Plan de contingencia
Ante el temor a posibles desabastecimientos por la huelga, Fomento tiene preparado un plan de contingencia que consiste en unos servicios mínimos del cien por cien para las operaciones que afecten a mercancías perecederas y peligrosas, a pasajeros, a situaciones de emergencia y a productos esenciales para las islas, Ceuta y Melilla, además de otras medidas para evitar colapsos en las autovías que conectan con los puertos.
De la Serna ha advertido de que una huelga de estas características produce un daño importante a la economía porque las empresas toman decisiones sobre el transporte de carácter temporal de utilización de otros puertos durante la huelga que «pueden convertirse en definitivas».
El ministro también ha instado a la responsabilidad de los partidos políticos, explicando que si no se convalida el documento en su trámite parlamentario, se entraría en «un bucle sin fin y tendríamos que pagar 134.000 euros de multa todos los días».
De la Serna ha insistido en que el real decreto se ajusta estrictamente a la sentencia condenatoria del Tribunal de Luxemburgo de diciembre de 2014, que exige liberar el sector, el único en España donde no existe la libre contratación de los trabajadores.
En el sistema actual, las empresas estibadoras no pueden contratar a quienes quieran, sino que están obligadas a contratar a trabajadores puestos a su disposición por las sociedades anónimas de gestión de estibadores portuarios (sagep), en cuyo capital están, además, obligadas a participar.
Para eliminar las restricciones a la libertad de establecimiento de las empresas, el nuevo modelo elimina la obligatoriedad de participar en el capital de compañías y establece la libre contratación de los trabajadores que cumplan con los requisitos de capacitación establecidos (titulación académica o certificados de profesionalidad con al menos 100 jornadas de experiencia).
Se prevén distintas fórmulas de contratación: la directa por la empresa estibadora o la cesión temporal por los Centros Portuarios de Empleo y por las Empresas de Trabajo Temporal (ETT).
El proceso de cambio contará con un período transitorio de tres años, desde la entrada en vigor de la reforma, en el que las sagep subsistirán, salvo que se extingan, hasta su regulación como ETT.
Las empresas deberían mantener cotas de contratación de estibadores procedentes de las sagep del 75 % el primer año, del 50 % el segundo y del 25 % el tercero.
El decreto contempla que las autoridades portuarias asuman los pasivos laborales de los trabajadores de las sagep (los derechos asociados a su antigüedad desde el día en el que fueron contratados hasta el de la sentencia), con el objetivo de igualar la posición competitiva de todas las empresas, las nuevas y las viejas.
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