El juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha acordado que el exalcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz cumpla condena fuera del Centro de Inserción Social (CIS), residiendo en su domicilio y estableciéndose un control telemático u otro mecanismo suficiente que considere la administración penitenciaria, en atención a su estado de salud y circunstancias.
Así, el magistrado da respuesta a la petición realizada por el abogado de Muñoz para que se le aplicara una modalidad de tercer grado más adecuada a las circunstancias del interno.
En julio del pasado año, la Audiencia de Málaga confirmó la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria malagueño de no conceder la libertad condicional a Muñoz y de mantener la clasificación en tercer grado, por lo que pasó a estar en el CIS de Algeciras (Cádiz), con un régimen de cumplimiento con salidas diarias de 17.00 a 21.45 horas, y los fines de semana, de viernes a lunes.
Ahora, el magistrado acuerda la aplicación de un tercer grado «acorde con el estado de salud y la situación personal del interno», que, «sin que se convierta en una suerte de arresto domiciliario», le exime de pernoctar en el centro, pero estableciéndose un control telemático y teniendo que acudir al establecimiento penitenciario el tiempo que se determine para entrevistas y controles.
El juez ha tenido en cuenta los informes médicos de Muñoz, en los que se señala que presenta pluripatología crónica de carácter cardiovascular metabólico y respiratorio, «que no es previsible mejoría» y que su pronóstico vital «es desfavorable a medio plazo», apuntando que precisa de controles médicos «de por vida»; de forma que se señala que la patología «es crónica e irreversible».
Muñoz se encuentra en un CIS «donde los servicios médicos quedan prácticamente reducidos al servicio de enfermería», tratándose de una persona que, según el auto, adelantado por la Cadena SER, «por su estado de salud debe estar continuamente efectuando salidas al exterior por razón de consultas médicas, sin perjuicio de la necesidad de ser trasladado a un hospital por razones de urgencia».
Así, señala que si la aplicación del tercer grado por cuestiones de enfermedad grave e incurable, como la que Muñoz tiene, «debe llevar necesariamente a la incoación del expediente de libertad condicional, parece razonable entender que la modalidad de vida aplicable a un enfermo muy grave e incurable debe ser mayor» que la que tiene actualmente.
Además, se añade que, según la audiencia mantenida con el juzgado, cuenta con «acogida externa a través de su familia que puede arroparle en la enfermedad que padece y que, como toda enfermedad grave, genera una mayor situación de vulnerabilidad en quien la sufre».
Su letrado, Antonio José García Cabrera, ha señalado que «no era digno que permaneciera en un centro penitenciario sin servicios médicos», por lo que ha considerado «correcta» la decisión adoptada por el magistrado, esperando que «se le ponga un dispositivo de control en horario nocturno de lunes a jueves, pudiendo desarrollar el resto del tiempo la vida con normalidad».
El Tribunal del caso 'Malaya' acordó la acumulación de todas sus condenas, que suman un total de 22 años de prisión por siete causas, y la refundición de todas las penas, de forma que se estableció en el máximo legal de 20 años de prisión el tiempo de cumplimiento.
Así, Muñoz tiene firme una condena de siete años de prisión por el caso en el que fueron condenadas también sus exparejas; la misma pena por 'Minutas', dos años de prisión por 'Malaya' y otras penas de un año por delitos urbanísticos. La suma de todas esas condenas y el límite del triple de la máxima impuesta excede del límite legal de 20 años.
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