El Pleno del Senado ha aprobado este miércoles definitivamente la reforma que permitirá la inscripción de los nacimientos directamente desde el hospital sin necesidad de que los padres tengan que desplazarse al Registro Civil, a partir de su entrada en vigor el próximo 15 de octubre.
Con 149 a favor, todos del PP, 71 en contra y 12 abstenciones, la Cámara ha dado luz verde al proyecto de Ley de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil sin introducir ningún cambio respecto al texto salido del Congreso, por lo que la normativa se publicará en el BOE sin necesidad de volver a la Cámara baja.
La oposición ha reprochado al PP su forma de legislar y su «ausencia total» por el consenso, al no aceptar ninguna de las más de cien enmiendas ante las «urgencias» del Gobierno, para que la disposición que deroga las leyes vinculadas al traspaso del Registro Civil a los registradores entre en vigor el 15 de julio, si bien los populares han rechazado estos argumentos.
Como principal novedad, el texto establece la tramitación electrónica de los nacimientos y defunciones desde los centros sanitarios, por lo que los padres y familiares ya no tendrán que desplazarse al Registro Civil para realizar ambos trámites.
Para la inscripción de los recién nacidos, los centros sanitarios deberán remitir toda la documentación al Registro Civil en un plazo de 72 horas desde el nacimiento y los facultativos serán los responsables de identificar al bebé y certificar su filiación materna.
Los padres, junto a los facultativos que hayan asistido al parto, firmarán el formulario oficial de declaración al que se incorporará el acreditativo del nacimiento.
Finalmente, el texto no reconoce el derecho de inscripción en el Registro Civil de los hijos de españoles nacidos mediante gestación subrogada en el extranjero, conocida también como «vientre de alquiler», pese al anuncio que hizo en diciembre el ministro de Justicia, Rafael Catalá, en este sentido.
Por otra parte, la norma deroga todas las leyes vinculadas al traspaso de su gestión a los registradores de propiedad y mercantiles, y amplia hasta junio de 2017 el plazo de entrada en vigor de la ley aprobada en 2011, que obliga a la desjudicialización de los registros.
Se abre así un periodo de negociación de dos años para que el Gobierno y los agentes implicados negocien una reforma que ahora arranca de cero, después de que el Ministerio de Justicia abandonase definitivamente su propuesta que encomendaba la gestión de los registros al cuerpo de registradores.
2 comentarios
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Gracias al PP mejora la calidad de vida. Para luego votar a los catalanistas.
Ahora no sé como está, pero el año 2006, para inscribir al niño teníamos que desplazarnos al juzgado el padre y la madre (nada más salir del hospital, lógicamente). Una barbaridad.