El magistrado ha contestado de este modo al incidente de nulidad que presentaron contra estas grabaciones el propio Correa y Ricardo Galeote, con la adhesión del extesorero del PP Luis Bárcenas. Considera que las cintas no violan el derecho a la intimidad y no deben anularse.
El ex concejal Peñas, amigo de Correa, grabó durante años las conversaciones mantenidas con el cabecilla de la trama. Estas decenas de horas de grabación fueron aportadas a la Policía y sirvieron como base de la investigación judicial en curso.
El magistrado destaca que estas grabaciones de audio han sido consideradas «constitucionalmente legítimas» en una «ingente y constante jurisprudencia» y en ningún caso constituyen delito provocado o infracción criminal.
Agrega también que cuando una persona, en este caso Correa, «emite voluntariamente sus opiniones o secretos a un contertulio sabe de antemano que se despoja de sus intimidades y se las transmite, más o menos confiadamente a los que le escuchan».
Además, pone de manifiesto, que la importancia y eficacia que las cintas aportadas por Peñas no se desvelará hasta la celebración del juicio oral y destaca que la causa que investiga su Juzgado no se sustenta en estas pruebas documentales. Así, recuerda que en la instrucción se cuenta con la valoración como testigo del propio Peñas, interlocutor directo en las mismas.
Ruz destaca por último el plazo de tiempo transcurrido para la solicitud de la nulidad y dice que las defensas de Correa y Galeote han esperado más de tres años desde el momento en que se conoció la existencia de las grabaciones para solicitarla «actuación procesal que resulta difícilmente congruente».
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