Para calcular el IRPF, existen diversas herramientas disponibles, sin embargo, también es posible acudir a un profesional o a una entidad financiera para obtener asesoramiento y ayuda en el cálculo del impuesto.
¿Cómo calcular el IRPF?
El IRPF se calcula a partir de la renta total anual obtenida por el contribuyente, a la que se le aplican una serie de deducciones y exenciones para obtener la base imponible del impuesto. A esta base imponible se le aplican los tramos de tipo impositivo establecidos por ley, que varían en función del importe de la base imponible. Los pasos principales para calcular el IRPF son los siguientes:
—Calcular la renta total anual. Se suman todas las fuentes de renta obtenidas durante el año, como el salario, los intereses de los depósitos bancarios, los alquileres o los beneficios empresariales.
—Determinar la base imponible. Se trata de la suma de todos los ingresos obtenidos en el año, menos las deducciones y exenciones permitidas. Algunas de las deducciones más comunes son las siguientes:
- Gastos de representación. Son los gastos necesarios para el ejercicio de la actividad profesional, como viajes, comidas y regalos de negocios.
- Gastos de formación. Son los gastos en cursos o estudios relacionados con el trabajo o la actividad profesional.
- Gastos por dependencia. Son los gastos en asistencia a personas mayores o con discapacidad a cargo.
- Ahorro en planes de pensiones. Se pueden deducir hasta un máximo de 8000 euros anuales aportados a planes de pensiones.
- Exenciones. Algunas de las exenciones más comunes son la exención por donaciones a instituciones benéficas, por premios obtenidos en certámenes literarios, artísticos o científicos, y la exención por prestaciones por jubilación o viudedad.
- Aplicar el tipo impositivo. Una vez obtenida la base imponible del impuesto, se aplican los tramos de tipo impositivo establecidos por ley. Actualmente, en España existen cinco tramos de tipo impositivo:
- Tramo del 19 % para la parte de la base imponible que no supere los 12 450 euros.
- Tramo del 24 % para la parte de la base imponible comprendida entre 12 450 y 20 200 euros.
- Tramo del 30 % para la parte de la base imponible comprendida entre 20 200 y 35 200 euros.
- Tramo del 37 % para la parte de la base imponible comprendida entre 35 200 y 60 000 euros.
- Tramo del 45 % para la parte de la base imponible comprendida entre 60 000 y 300 000 euros.
- Tramo del 47 % para la parte de la base imponible superior a 300 000 euros.
- Calcular el impuesto a pagar. Una vez aplicado el tipo impositivo correspondiente, se obtiene el impuesto a pagar por el contribuyente. Por ejemplo, si una persona tiene una base imponible de 20 000 euros, su impuesto a pagar sería de 3800 euros (20 000 x 19 %).
Es importante tener en cuenta que las retenciones provisionales no son definitivas y pueden variar en función de la renta final obtenida en el año. Por lo tanto, es posible que al final del año se deba hacer una regularización del IRPF, es decir, ajustar la cantidad retenida durante el año a la cantidad final que corresponda pagar.
En caso de que las retenciones efectuadas durante el año sean superiores al impuesto final a pagar, se podrá solicitar la devolución del exceso retenido. Por otro lado, si las retenciones efectuadas son inferiores al impuesto final a pagar, se deberá abonar la diferencia. En cualquiera de los casos, para saber si esta diferencia se encuentra a favor del contribuyente o de la Hacienda pública española, se ha de calcular o presentar la declaración de la renta.
Quiénes deben presentar la declaración de la renta
Todas las personas físicas residentes en España tienen la obligación de presentar la declaración de la renta si durante el año han obtenido rentas superiores a 22 000 euros.
Además, aunque no se haya superado ninguno de estos umbrales, también se debe presentar la declaración de la renta en los siguientes casos si se han obtenido:
- Rentas del trabajo por importe superior a 14 000 euros con dos o más pagadores, y la suma del importe obtenido del segundo y del resto de siguientes pagadores es mayor a 1500 euros anuales.
- Rendimientos de capital mobiliario (intereses de depósitos, acciones, etc.) por un importe superior a 1600 euros.
- Rentas procedentes de bienes inmuebles de uso distinto de la vivienda habitual superiores a 1000 euros anuales.
- Rentas procedentes de disfrutar del ingreso mínimo vital.
Vías de presentación de la declaración de la renta
La declaración de la renta se puede presentar de las siguientes formas:
- A través de la sede electrónica del Ministerio de Hacienda. Es la vía más rápida y cómoda, ya que permite realizar la declaración de forma telemática desde cualquier lugar y en cualquier momento. Para acceder a la sede electrónica, es necesario contar con un certificado digital o con una clave de la Agencia Tributaria.
- A través de una oficina de la Agencia Tributaria. Se puede acudir a cualquier oficina de la Agencia Tributaria para presentar la declaración de forma presencial. Es necesario llevar toda la documentación necesaria y rellenar el modelo de declaración de la renta.
- A través de una entidad colaboradora. Existen entidades colaboradoras con la Agencia Tributaria que ofrecen el servicio de presentación de la declaración de la renta. Es importante comprobar que la entidad cuenta con la acreditación necesaria para prestar este servicio.
Declaración conjunta
En el caso de parejas casadas o parejas de hecho, es posible presentar la declaración de la renta de forma conjunta. En este caso, se suman las rentas obtenidas por ambos contribuyentes y se aplican las deducciones y exenciones correspondientes.
Es importante destacar que, en el caso de la declaración conjunta, ambos contribuyentes asumen solidariamente la obligación de pagar el impuesto. Esto significa que, en caso de no pagar el impuesto, ambos contribuyentes son responsables de hacer frente al pago.
Plazos para presentar la declaración de la renta
Pendientes aún de conocer las fechas concretas para la campaña de la renta 2022-2023, podemos suponer varias de ellas por su habitual emplazamiento en los últimos años. La campaña para la presentación de la declaración de la renta suele iniciarse el mes de abril, de manera exclusiva para aquellas solicitudes hechas por vía telemática. Un mes después, en mayo, se acostumbra a iniciar el plazo para la presentación vía telefónica. En junio es cuando se atiende presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria. En cualquiera de los casos anteriores, la declaración se debe presentar antes de finalizar el mes de junio.
En conclusión, el impuesto sobre la renta de las personas físicas es un tributo fundamental en España que permite financiar los servicios públicos y las políticas del Estado. Es importante conocer las obligaciones fiscales y los trámites necesarios para realizar la declaración de la renta de manera correcta y evitar sanciones. Además, es conveniente aprovechar las deducciones y exenciones a las que se tenga derecho para minimizar el pago del impuesto y ahorrar en la declaración de la renta. ¿Estás preparado para hacer tu declaración de la renta este año?