El IVA, siglas de Impuesto sobre el Valor Añadido, es un impuesto que se incluye sobre el valor de un bien y que grava la compra del mismo. Existen diferentes tipos de gravámenes de IVA en la actualidad, pero el tipo general es del 21 %. Autónomos y empresas deben liquidar y pagar el IVA a las administraciones públicas de forma trimestral y es una de las obligaciones formales que hay que afrontar.
Para calcular IVA existen herramientas y programas que ofrecen una gran ayuda a autónomos y empresas. Resulta fundamental introducir facturas, gastos, ventas y compras en el momento en el que se realizan en el software de contabilidad para así poder elaborar las autoliquidaciones de forma rápida y sencilla y en apenas unos minutos.
¿Qué obligaciones tienes como empresario respecto al IVA?
Las obligaciones formales a las que tiene que enfrentarse toda empresa o autónomo son las siguientes:
Modelo 303
El modelo 303 se presenta de forma trimestral, concretamente entre los días 1 y 20 de abril, julio y octubre y entre el 1 y el 30 de enero. Solo las grandes empresas presentan el IVA mensualmente. En este modelo hay que introducir el IVA soportado y el IVA repercutido. Es decir, el IVA que hemos pagado en las compras y gastos del negocio y el IVA que hemos cobrado a los clientes por la venta de productos y/o servicios. La diferencia entre ambos es el resultado de la autoliquidación, que puede salir a pagar o a recibir por parte de la AEAT.
Modelo 390
El modelo 390 es un modelo resumen anual que tiene un carácter informativo. En este modelo se introducen todos los datos sobre las cantidades repercutidas y soportadas de IVA a lo largo del año. Normalmente se trata de reunir en un solo modelo los datos que ya se han presentado de forma desagregada en los modelos 303.
Libros de IVA
Los libros de IVA que las empresas están obligadas a llevar son los de facturas recibidas, de facturas emitidas, de operaciones intracomunitarias (si existen) o de bienes de inversión. Si se llevan estos libros en tiempo real en la web de la AEAT no será obligatorio llevarlos en otro sistema o presentar el modelo 390.
Modelo 347
Otro modelo que puede ser necesario presentar en lo referente al IVA es el modelo 347. Hay que presentarlo si hemos tenido, a lo largo de todo el año, proveedores o clientes con los que el importe total de negocio haya superado los 3.005,06 euros. Tan solo hay que incluir con cuáles proveedores o clientes se ha superado esta cifra a título informativo.
El IVA es uno de los impuestos más importantes en cuanto a recaudación para el Estado junto con el IRPF. Son las empresas y los autónomos quienes 'recaudan' el IVA con su actividad para luego liquidar el resultado con la AEAT. Un trámite que no podemos evitar, pero que podemos realizar sin grandes esfuerzos gracias a los programas de contabilidad.