El Tribunal Superior de Justicia condena a una empresa hotelera por el despido de una trabajadora que coló a su perro en una habitación en la que se alojaba. La compañía, que gestiona una serie de villas de lujo en la Isla prohíbe el acceso de animales de compañía a sus instalaciones de forma drástica. La empleada usó un bono para trabajadores y se alojó una noche en una de las estancias de lujo. Lo hizo con su perro, con el que burló a la seguridad del complejo.
Sin embargo, no ocultó mucho lo ocurrido y ella misma subió imágenes del can en la villa a su perfil en una red social. Cuando la empresa vio estas fotografías, le comunicó un despido disciplinario. «Nuestro complejo tiene una política en la que no se aceptan mascotas. Este hecho es de sobra sabido por nuestros clientes y trabajadores ya que se debe prestar especial atención si se detectan animales de compañía, muy especialmente en nuestras villas donde está terminante prohibida su tenencia».
Para la empresa entrar con un animal supone un incumplimiento «muy grave». Para la Sala de lo Social del TSJIB no es para tanto: «Ni por el perjuicio irrogado, ni por la gravedad de la desobediencia del protocolo, la sanción de despido nos parece proporcionada. El incumplimiento consistió en alojarse en una de las villas de la empresa en compañía de su perro, algo que estaba prohibido, lo cual, insistimos no nos parece un incumplimiento que merezca la máxima sanción».
De esta manera, declara improcedente el despido y condena a la empresa a indemnizar con 25.000 euros a la trabajadora. El tribunal, no obstante, sí entiende que se produjo un incumplimiento a pesar de que se produjera fuera del horario laboral. «Los hechos imputados ocurrieron en el lugar de trabajo, suponen un incumplimiento, aunque tuvieron lugar fuera del horario laboral y al margen de la prestación de servicios. No obstante, su presencia en una de las villas vino también propiciada por su condición de trabajadora al disfrutar por esta razón de un descuento».
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