Baleares fue la comunidad con una mayor proporción de procedimientos verbales posesorios por ocupación ilegal de viviendas, los conocidos como juicios exprés diseñados precisamente para el desalojo de okupas. El Archipiélago registró 13,9 juicios por cada 100.000 habitantes en 2021, por encima de las dos siguientes comunidades en el listado -Catalunya (12) y Castilla-La Mancha (11,2)- y superando en ocho puntos la media estatal (5,9 %). En el extremo opuesto a Baleares, se encuentran Navarra (1,8) y Asturias (1,9). Así queda reflejado en el Atlas Concursal 2022 publicado por el Consejo General de Economistas de España esta misma semana, que hace hincapié en el «gran crecimiento» en los últimos años de este tipo de procedimientos en toda España, que el año pasado llegaron a 3.479 (si bien el pico máximo se alcanzó en 2019 con 4.017).
En número absolutos, Catalunya (930), Andalucía (814), Comunidad Valenciana (423) y Comunidad de Madrid (263) encabezan el ranking. Los 170 procesos judiciales de Baleares, no obstante, sitúan la región insular en lo más alto en relación a la población residente. Las cifras totales de ocupación ilegal de vivienda, en todo caso, son en realidad mayores de lo que indican las cifras del Consejo de Economistas. El juicio verbal es un proceso declarativo reservado a litigios civiles menores y que se desarrollan de manera rápida y breve. Fue expresamente ideado para este tipo de casos y cuando los propietarios son personas físicas, no bancos u otro tipo de entidades. Más allá de los procesos verbales abiertos en sede judicial, los casos de okupación totales denunciados en 2021 fueron de 509, según los datos del Ministerio de Interior. La misma fuente revela que de enero a julio de 2022 se han levantado 228 expedientes, lo que implica en todo caso un descenso del 31,1 % en relación a los siete primeros meses de 2021.
Cabe señalar que en este caso el Ministerio del Interior apunta que «la estadística no distingue entre usurpación y allanamiento, una cuestión que compete a instancias judiciales». Es decir, que se engloba en el mismo saco ambos delitos: un allanamiento de morada se produce cuando alguien entra de forma ilegal en un inmueble en el que alguien habita, mientras que se denomina usurpación de vivienda a la entrada de okupas en una vivienda o local vacío o sin uso.
Según constató recientemente el Consejo General de Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, Baleares es una de las comunidades más afectadas por la ocupación ilegal de viviendas. La elevada demanda habitacional y los elevados precios del metro cuadrado son algunos de los factores confluyentes que señalan los expertos inmobiliarios del Colegio para ayudar a explicar el auge de este fenómeno en los últimos años en las Islas. Los problemas de interpretación de las leyes, incluso para los juristas, constituyen otra piedra importante que además provoca que algunos procesos se eternicen. «El incremento de los casos se debe precisamente a la laxitud y poca claridad de la ley», aseveran.
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