Según fuentes de los órganos de Violencia sobre la Mujer de Palma, la nueva legislación se ha aplicado ya en varios asuntos. Este cambio implica que, solo con la incoación de un procedimiento penal por maltrato, de forma automática se suspende cualquier régimen de visitas a los hijos menores de edad.
Hasta la entrada en vigor de esta modificación legal, la retirada de las visitas del padre denunciado por maltrato a la madre podía ser acordada por el juez en supuestos de riesgos para el menor. El cambio es que, desde el 3 de septiembre, se trata de un automatismo: el margen judicial para no aplicarlo es muy bajo. De hecho se hace siempre en las denuncias por malos tratos habituales.
Por parte de los órganos judiciales se valora mantener las visitas en casos en los que se han producido incidentes puntuales que no hayan sido presenciados por los menores y en los que se acredite la existencia de una relación positiva entre el progenitor y los hijos.
Es decir, hasta principios de septiembre, la retirada de las visitas era lo que tenía que ser justificado y motivado por el juez; ahora lo que tiene que ser explicado y para lo que tiene que haber un motivo de peso es para que se mantenga ese contacto.
El objeto de la reforma es proteger a los menores y combatir la denominada violencia vicaria, la que los maltratadores ejercen sobre los hijos con el objetivo de causar el mayor daño posible a sus parejas o exparejas. Las críticas a la normativa se sucedieron en varios ámbitos al imponer una medida drástica mientras la causa se encuentra aún en una fase inicial, con lo que chocaría con el principio de presunción de inocencia. Los juzgados especializados tramitan, muchas veces de forma paralela, las causas penales por estos delitos y los procedimientos de divorcio que les acompañan. Son, por tanto, estos los que fijan los regímenes de custodia de los menores y las posibilidades de visitas y deciden durante todo ese procedimiento civil: desde las medidas provisionales a posibles modificaciones posteriores.
7 comentarios
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Cualquier medida que sirva para proteger la integridad física de las víctimas, sean hombres, mujeres o hijos esta bien aplicada siempre que no sea demasiado tarde. Las estadísticas de defunciones por estos temas , contestan a muchas preguntas de las que veo en los comentarios. Si es necesaria una separación temporal hasta , por lo menos aclarar los hechos, pues se debe hacer. Y se debe hacer en la medida suficiente a lo acontecido en cada situación. Por supuesto , siempre teniendo en cuenta la opinión de los menores si lo permite su edad, o lo que considere la justicia . Es mejor prevenir , que ver los casos que vemos en televisión casi cada día por no actuar a tiempo después de un montón de denuncias. Si se lee bien la noticia, especifica en qué circunstancias se actúa de una forma o de otra, pero ante la duda , las manos quietas y violencia cero.
Pepita, me llamas extremista sin conocerme de nada, simplemente por dar mi opinión argumentada y sin faltar a nadie. Eso no te convierte a ti en extremista, del “si no piensas como yo estas equivocado y eres extremista, facha, etc etc”? si lees atentamente el comentario, yo no critico los casos que tu dices. El caso es, que con la nueva ley, el simple hecho de que una mujer denuncie a un hombre por maltrato, abre expediente judicial y causa automáticamente la suspensión de visitas. Digo yo, y la presunción de inocencia? Y si después no es condenado? Quien le devuelve el tiempo perdido con sus hijos/as? Y si es el hombre quien denuncia a la mujer, también le quitan las visitas a la madre? De las denuncias falsas ni hablar (jamás una mujer va a la cárcel por denunciar falsamente, seamos serios). Mi opinión es, primero que haya sentencia firme, y luego quitas custodias y visitas. Ah! Y asesinos/as y maltratadores/as hay de los dos sexos…así que mejor no generalices tu.
Kona, no hablo pq en el articulo no se habla de eso, nose que artículo has leído tú. Las madres que han matado a sus hijos no tienen visitas con ellos, están en la cárcel que es dónde deben estar.. En este artículo se habla de los maltratadores con visitas a sus hijos vivos.
@ Pepita y las madres que han matado a sus hijos no hablas. Esta ley es una atrocididad porque simplemente por poner la denuncia el padre se etiqueta como maltratador y pierde todo aunque luego resulte ser falsa, que por supuesto no son ese 0.01 que tanto les gusta decir...
Los extremos no son buenos, y vosotros dos sois extremistas. No es normal que un padre maltratador vea a sus hijos y en muchos casos padres que han matado a la madre y sus abuelos maternos estan obligados a llevarles a visitas a la carcel. Esta mas que demostrado que cuando a la madre ya no la pueden hacer daño se lo hacen a los hijos. Si te has casado con una loca que pone denuncias falsas la denuncias tú y ella irá a la carcel. Pero generalizar con la pena de otros NO.
Madre mia...menuda atrocidad de ley... Separar a un hijo/a de un padre sin prueba alguna, de forma automática en el momento en el que se abre expediente por maltrato (es decir, en cuanto una mujer denuncia a un hombre, sea verdad o mentira, y mas ahora con aquello de que la palabra de la mujer no se debe cuestionar).
Heterosexual+Varón = Culpable. Tienes que demostrar tu inocencia. Me voy a declarar mujer, y tot plegat.