Sin embargo, según el proyecto de sentencia del Tribunal Constitucional, elaborado por el magistrado Pedro Trevijano, el encierro de la población puede haber sido inconstitucional, hecho que anularía todas las sanciones interpuestas en ese momento.
El Alto Tribunal someterá a deliberación este proyecto el próximo martes 22 de junio. Se votará si, como alega Trevijano, la suspensión de derechos fundamentales se hizo con un marco jurídico incorrecto. Esto es, que se decretara un estado de alarma cuando para validar la normativa tendría que haberse impuesto un estado de excepción.
En Balears, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tanto del Estado como las policías locales, interpusieron más de 24.000 denuncias por infracciones del Real Decreto 463/2020 en aquella época. De éstas el 85 % se quedaron sin tramitar y otras 3.600 prosperaron.
Finalmente, 2.655 han concluido en sanción y 789 infractores se acogieron al pago anticipado de la multa.
Ahora, si se sigue la pauta de la ponencia del magistrado del Constitucional, todas las multas interpuestas, incluso por sentencia firme, quedarían automáticamente anuladas a causa de la retroactividad.
La medida de confinar a la población duró los 98 días en que estuvo en vigor el estado de alarma. En este tiempo se pusieron multas cuyo valor oscilaba entre los 600 y los 3.000 euros. Además, se detuvo a 477 personas por reiterar en los incumplimientos.
Según explicó en su día la delegada del Gobierno, Aina Calvo, el trámite de un expediente sancionador «requiere un trabajo ingente», dado que sigue un proceso que incluye dos fases de alegaciones con sus correspondientes propuestas de resolución.
La percepción de esta institución, es que no ha habido un aluvión de recursos, como vaticinaban algunos juristas que consideraban que estas sanciones podrían ser inconstitucionales. Habrá que esperar a la decisión final del Tribunal Constitucional y en cómo afectará al proceso.
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