Así lo ha explicado el fiscal superior de Baleares, Bartolomé Barceló, en declaraciones a los medios a las puertas del TSJIB. El recurso de reposición se presenta ante la propia Sala, que ya aprobó las medidas con división entre sus cinco miembros: tres votaron a favor y dos magistradas emitieron un voto particular en sentido contrario.
Además, la Fiscalía entiende que no cabe el recurso de casación ante el Tribunal Supremo ya que el decreto que habilitaba esta posibilidad entró en vigor después del auto del TSJIB. El Consejo de Ministros aprobó el día 4 el Real Decreto, pero su entrada en vigor se fijó para el día 9. El auto del TSJIB se notificó el viernes 7 de mayo. "Es una cuestión meramente técnica", ha apuntado Barceló.
Otras entidades -como Vox o agrupaciones profesionales del sector de la restauración- pretenden recurrir esta decisión. El fiscal ha matizado que no son parte en el procedimiento en el que se enmarca el auto del TSJIB, por lo que no podrían recurrirlo, y que en caso de presentar una demanda contenciosa se trataría de un procedimiento aparte.
En un procedimiento contencioso-administrativo, la Fiscalía sí podría intervenir en caso de examinarse una presunta vulneración de derechos fundamentales. En cualquier caso, ha rechazado valorar el posible recorrido de esos recursos.
El TSJIB autorizó las medidas considerando que son "proporcionadas" y remarcando que no existen "derechos absolutos". Las medidas aprobadas por el Govern incluyen el toque de queda entre las 23.00 y las 6.00 horas, controles para la entrada en la Comunidad, limitaciones a las reuniones y encuentros sociales y restricciones de aforo en lugares de culto.
La Fiscalía de Baleares se opuso a prolongar el toque de queda y limitar las reuniones privadas al finalizar el estado de alarma este domingo. Entiende que estas medidas vulnerarían derechos fundamentales que no se pueden limitar sin el paraguas legal del estado de alarma.
En cambio, la Fiscalía no se opone al aforo establecido para bares y restaurantes, ni tampoco a los límites de la reuniones en espacios públicos -pero sí privados, por afectar al derecho a reunión, a la intimidad y a la inviolabilidad del domicilio.
Tras el auto del TSJIB se han ido pronunciado los tribunales de otros territorios, con criterios dispares: algunos han avalado el toque de queda, como el Tribunal Superior de la Comunidad Valenciana, y otros lo han tumbado, como los de País Vasco o Canarias.
4 comentarios
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El toque de queda se usa en tiempos de guerra , una merma de libertades sin nombre. Dictadura al fin y al cabo es lo que nos meten con calzador.
Se. Fiscal, cuando algo es ilegal y sobre todo atenta contra nuestros derechos fundamentales no se puede uno escudar en razones técnicas, pues si es así, si prevalece la forma sobre el fondo, entonces nuestra Constitución es un papel mojado y nuestra democracia no responde al valor superior de los derechos, es sólo un argumento en realidad vacío y en mano de unos políticos, faltos de todo y ávidos de poder, que no de autoridad.
Van todos de la mano para jodernos lo Máximo posible.
Es decir, que una comunidad autónoma toma una decisión inconstitucional, para la que no tiene competencias, que además afecta a derechos fundamentales de 1.200.000 ciudadanos residentes en Baleares, Fiscalía inicialmente se opone, el TSJIB autoriza las medidas por 3 votos a 2 y... ¿la Fiscalía de Baleares dice que no recurrirá por razones técnicas y de procedimiento? Pues "Houston, tenemos un problema"... vía libre para decisiones totalitarias y liberticidas. Parece evidente que el Govern Balear, tal vez, puede haber cometido un abuso de poder y una presunta prevaricación, contra la que Fiscalía podría actuar, en defensa de la legislación ahora vigente. No se debería permitir que los ciudadanos tengan la sensación que existe una puerta trasera de impunidad de políticos para cometer fechorias contra la Constitución y los derechos fundamentales de los ciudadanos. Esperemos que la Fiscalía de Baleares defienda los derechos fundamentales protegidos por la Constitución.