Un avión de Ai Nostrum despega del Aeropuerto de Menorca. | Gemma Andreu - Archivo

El Ministerio de Fomento ha establecido los servicios mínimos correspondientes a la huelga de pilotos de Air Nostrum, convocada por el sindicato Sepla, para los días 15, 16, 17, 22, 23 y 24 de abril, coincidiendo con la operación Semana Santa, que ha fijado en el 100% para los vuelos domésticos con destino a las islas, así como en aquellas conexiones en las que existan obligaciones de servicio público entre dos aeropuertos peninsulares.

Asimismo, se considerarán servicios mínimos todos aquellos cuya hora de salida programada fuera anterior al inicio de la huelga y cuya llegada prevista se produzca en el periodo de la huelga, ha informado el Ministerio de Fomento en un comunicado, que señala que se ha tenido "especial consideración" a la operación de salida y regreso de las vacaciones de Semana Santa.

En el caso de las rutas a ciudades españolas peninsulares con alternativa igual o superior a cinco horas, los servicios mínimos se han fijado en el 47% para los días 15, 16, 17 y 22 de abril, y en el 45% para los días 23, y 24 de abril, así como para todas las rutas entre España y otro país.

De igual forma, Air Nostrum tendrá que operar el 31% de los vuelos para los días 15, 16, 17 y 22 de abril entre ciudades peninsulares para cada ruta con ciudades españolas peninsulares cuya alternativa de transporte público suponga un desplazamiento igual a cinco horas.

Además, Fomento ha fijado para los días 23 y 34 de abril en el 29% los servicios mínimos para cada ruta entre ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público implique un tiempo de desplazamiento inferior a cinco horas.

El sindicato Sepla ha convocado seis jornadas para protestar por el desvío de su producción a otras aerolíneas. La compañía aérea califica estos paros de "injustificados" y reclama al colectivo que aborde sus reivindicaciones en el marco de la negociación del convenio colectivo.
SERVICIOS ESENCIALES

Según los servicios mínimos decretados por Fomento, deberá garantizar además aquellas operaciones técnicas de posicionamiento y otras tales como la situación de las tripulaciones necesarias para la realización efectiva de los servicios considerados esenciales, los operados entre jornadas de huelga y los posteriores a la finalización de la misma.

Asimismo, también deberá garantizar, en su caso, los vuelos programados para el transporte de correo postal universal y productos perecederos cuando éstos se efectúen con aeronaves dedicas exclusivamente a carga, y todos aquellos dedicados a labores de emergencia (servicios de ambulancia, antiincendios, transplantes, rescate, etc).

Finalmente, Air Nostrum deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar que estos servicios esenciales se presente en las condiciones habituales del servicio, manteniendo para ello el personal "estrictamente necesario" para el periodo afectado por la convocatoria, "salvaguardando en todo momento la seguridad de las operaciones". Además, concluye Fomento, de adoptar todas las medidas que garanticen de forma "estricta y rigurosa" los derechos de los pasajeros afectados conforme a lo establecido en el Reglamento 261/2004 europeo.