La Sala de lo Social del TSJB ha desestimado la petición de un padre para poder disfrutar de forma íntegra de las 16 semanas de permiso de maternidad en lugar de la madre. El progenitor realizaba la solicitud ya que, su pareja, que trabaja como abogada, tenía una prestación por parte de la Mutualidad General de la Abogacía y, por lo tanto, no tenía derecho a las semanas de descanso ni a la prestación previstas por el sistema público.
El TSJB rechaza la petición de un padre para tener él toda la baja de maternidad
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6 comentarios
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Reflexiones estás equivocado, una autónoma ni tiene prácticamente ningún derecho y por eso siendo se cogen baja por maternidad
Esta es una demostración más de que la brecha salarial de género es consecuencia de una discriminación hacia los hombres y no hacia las mujeres. Los hombres tienen muchos menos derechos laborales que las mujeres y, por tanto, tienen un coste menor para el empresario y pueden cobrar más. El día que los hombres tengamos los mismos derechos que las mujeres no existirá diferencia en los sueldos que cobramos.
Desconozco que tipo de prestacion otorgan las mutualidades de colegios profesionales en caso de maternidad, pero una trabajadora autonoma dispone del mismo permiso retribuido en las mismas condiciones que una trabajadora en regimen general. Lo que ocurre en que el caso de esta señora de la noticia, es que estas mutualidades no cotizan a la seguridad social, pero aún asi , eso no le da derecho al marido a adjudicarse en su totalidad el permiso de ella, ya que ella lo esta disfrutando por otro lado. Tampoco hay que pasarse de listos.
Copio y pego: Artículo 48.4 párrafo 3º del E.T: En el caso de que la madre no tuviese derecho a suspender su actividad profesional con derecho a prestaciones de acuerdo con las normas que regulen dicha actividad (Por ejemplo profesionales liberales como Abogados o Procuradores que no tienen derecho a prestación por maternidad), el otro progenitor tendrá derecho a suspender su contrato de trabajo por el periodo que hubiera correspondido a la madre, lo que será compatible con el ejercicio del derecho a suspensión y permiso por paternidad. Mi opinión: No creo que la prestación que pueda recibir la madre por parte de la Mutua de la Abogacía compense la pérdida de clientes e ingresos, por lo tanto, lo más probable es que debiera empezar a trabajar cuanto antes para que los efectos negativos sean los mínimos y se el padre quién se ocupara del hijo/a disfrutando de un permiso del que se hace cargo la Seguridad Social. Falta de respeto del TSJB hacia las familias en la misma situación.
Una sentència injusta. Si la mare no té dret a la prestació per ser autònoma, i al pare se li deega també, voldria, saber on van a parar els doblers que se paguen a la Seguretat Social.
Esto es machismo puro y duro. Qué vergüenza! Después todos los partidos se llenan la boca hablando de conciliación e igualdad de género