El Consejo de Ministros ha autorizado este viernes la retirada del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra la Ley de Comercio de las Islas Baleares ya que el Ejecutivo autonómico ha modificado los preceptos de esa norma que habían sido impugnados.

Se ha autorizado el desistimiento del recurso al haber «perdido su objeto», según ha explicado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Ese recurso contra determinados artículos de la Ley 11/2014 de 15 de octubre de Comercio de las Islas Baleares se basaba en las «contradicciones» que apreciaba el Ejecutivo central entre la regulación balear y la normativa básica estatal en materia de comercio interior.

Concretamente, el Gobierno de Mariano Rajoy argumentaba que en la regulación de grandes establecimientos no se respetaba el principio de procedimiento único para la autorización, dado que la ley balear exigía autorización autonómica con carácter previo al título municipal habilitante, cuando la ley estatal básica exige un solo procedimiento y una única autorización.

Además, en la declaración de zona de gran afluencia turística no se respetaban los requisitos exigidos por la normativa básica estatal, ya que se elevaban los umbrales de población del municipio y pernoctaciones para poder declarar un municipio como zona de gran afluencia turística, imponiendo un silencio negativo cuando los requisitos exigidos en todo el Estado son menores y el silencio es positivo.

Pero el Gobierno balear modificó los preceptos que habían sido objeto de impugnación, mediante la aprobación del decreto ley 2/2015 de 24 de julio de medidas urgentes en materia de grandes establecimientos comerciales, para acomodarlos a lo previsto en la norma básica estatal. La consecuencia es que «ha desaparecido el objeto de la controversia y lo ha hecho con acuerdo», según ha explicado la vicepresidenta, que se ha congratulado por ello.

MODIFICACIONES

El decreto del Ejecutivo autonómico incorpora una disposición adicional por la cual se suspende el otorgamiento de licencias a grandes establecimientos comerciales durante seis meses, para abrir un periodo en el que articular un mecanismo de procedimiento único de autorización autonómica.

Asimismo, recoge una serie de modificaciones de carácter técnico, como el cambio de sentido silencio administrativo, de acuerdo con lo que establece la ley estatal básica. También se reformulan los requisitos para la declaración de zona de gran afluencia turística, algo que no afecta a ningún municipio en las islas.