La sentencia, dictada tras un veredicto de culpabilidad de un jurado popular, la considera autora de un delito de asesinato y aprecia la circunstancia agravante de parentesco y la atenuante de alteración psíquica, ya que el jurado consideró probado que la mujer presentaba una sintomatología ansioso-depresiva que pudo comprometer ligeramente la capacidad de voluntariedad en el curso de los hechos.
La condenada deberá indemnizar con 100.000 euros al progenitor del niño, y con 10.000 euros a cada uno de sus cuatro hermanastros, hijos de padre del pequeño asesinado.
Según el relato de hechos probados, la mujer asesinó a su hijo, de cinco años, en mayo del 2015 en la vivienda donde residía la familia en Almàssera, cuando su marido y padre del menor salió a trabajar. La condenada le suministró un fármaco al niño y, una vez dormido, le colocó un almohadón en la cara para taparle las vías respiratorias, y presionó hasta que murió por asfixia.
Posteriormente, la madre, de 38 años y natural de Nicaragua, se autolesionó, se tumbó en la cama y colocó el cuerpo de su hijo sobre ella. Cuando el padre volvió de trabajar, llevó al niño hasta el centro de salud del municipio, donde ingresó cadáver.
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