El alto tribunal rechaza que se haya vulnerado el derecho a la presunción de inocencia de la madre por cuanto existe «un cuadro de indicios ciertamente exuberante» contra ella.
«La acusada disimuló con eficacia sus embarazos; los niños nacieron vivos y, precisamente, alumbrados por ella, que dio a luz en soledad por propia decisión; llegaron a respirar; su muerte no fue natural y aconteció en este contexto; y fue ocultada, del mismo modo que el nacimiento, por el procedimiento de encerrar los cadáveres en un congelador, donde tiempo después serían descubiertos», dice la sentencia.
La Audiencia de Sevilla -primero- y el TSJA -después- condenaron a la mujer a 17,5 años por cada uno de los asesinatos con alevosía, junto a una indemnización de 300.000 euros para los familiares.
La condena de la Audiencia vino determinada por el fallo del jurado, que halló a Sara L.H. culpable de matar por «asfixia mecánica» a sus dos bebés recién nacidos en su casa de Pilas, a los que luego introdujo en bolsas y en dos congeladores de su vivienda junto a varios alimentos. El TSJA confirmó aquel fallo.
El Supremo confirma la sentencia que considera probado que la acusada, durante su matrimonio con Francisco Antonio H.M., se quedó embarazada en dos ocasiones y ocultó su estado, la primera entre los años 2002 y 2008, cuando dio a luz a un varón en su domicilio de Pilas «sin intervención de nadie».
La mujer dio muerte por asfixia mecánica al recién nacido, que metió en bolsas y ocultó en un congelador del domicilio familiar entre alimentos para que quedase oculto.
En los últimos meses del 2010 Sara L.H. volvió a quedar embarazada de su marido y también lo ocultó. Dio a luz en solitario en una bañera llena de agua de su domicilio y, «tal como tenía previsto, provocó la muerte del recién nacido por asfixia mecánica».
Después, lo introdujo, «junto con la placenta y el cordón umbilical, en una bolsa de plástico en un cajón del congelador que normalmente no era utilizado por otros miembros de la familia», según la sentencia.
El cuerpo de este bebé fue hallado por el padre sobre las 17.00 horas del 9 de noviembre del 2012 cuando estaba limpiando el congelador y el del primer bebé lo localizó también Francisco Antonio H.M. unos días más tarde, el 27 de noviembre.
El jurado consideró probados estos hechos basándose en los testimonios prestados en el juicio por el marido de la acusada y por otros familiares, quienes manifestaron que no tuvieron noticia de la existencia de embarazos porque nunca lo dijo y por la inexistencia de registro de visitas ginecológicas.
La causa de la muerte de los bebés quedó probada con los informes de la autopsia y los realizados por los médicos forenses, que sostuvieron que el fallecimiento se debió a una asfixia mecánica que provocó insuficiencia respiratoria aguda.
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