La Audiencia de Palma ha rebajado de 1 año a 6 meses la pena de prisión para un taxista pirata de Eivissa que intentó darse a la fuga ante la policía y lesionó a uno de los agentes, al modificar el delito por el que fue condenado de atentado contra la autoridad a resistencia.
El tribunal provincial ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por el conductor, que fue condenado en septiembre de 2014 por atentado a agentes de la autoridad y una falta de lesiones y ha modificado el tipo delictivo por el de resistencia a la autoridad, con lo que la pena se rebaja a 6 meses de cárcel.
Los hechos ocurrieron en la madrugada del 29 de julio de 2014, cuando dos agentes de la Policía Local comprobaron que el acusado estaba transportando ilegalmente a personas, le denunciaron e inmovilizaron su vehículo en la carretera de Eivissa a Sant Antoni.
Cuando la grúa llegó al lugar de los hechos, el hombre entró en el vehículo, aceleró bruscamente con la intención de huir y obligó a un agente a esquivar el coche, episodio en el que el policía se lesionó una mano al apartarse de un empujón.
La Audiencia de Palma apunta en su sentencia a una nueva corriente jurisprudencial que excluye del delito de atentado y lo incluye en el de resistencia los «comportamientos activos que no tienen una entidad grave ni comportan un acometimiento propiamente dicho».
Según el tribunal, la diferencia es que el delito de atentado a la autoridad tiene naturaleza activa y grave, y el de residencia está caracterizado por la no gravedad y la pasividad o bien el no acometimiento.
Aplicando dicha doctrina, la Audiencia considera que lo que hizo el acusado debe ser considerado un delito de resistencia porque hizo caso omiso a las indicaciones de la policía, trató de huir al mando del vehículo y sorteó la grúa acercándose peligrosamente a uno de los agentes.
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