El Tribunal Constitucional tiene en su mano decidir si debe cumplir pena el hombre que fue condenado a 15 años de prisión y al destierro de la isla durante 20 años por el robo y tentativa de asesinato que sufrió la el 29 de diciembre de 2004 la dueña de una tienda de ropa y artículos de bebés de Eivissa. Hasta el Alto Tribunal ha llegado este caso después de que el abogado de A.F.F., un hombre que fue detenido por la policía después de que se retocara una foto de DNI para que coincidiera con la descripción facilitada por la víctima del atraco, una mujer que resultó muy malherida en el robo tras ser brutalmente golpeada con una barra de hierro, recurriera la decisión de la Audiencia ante el Supremo.
El letrado ha interpuesto ahora un recurso de amparo ante el Constitucional después de que la Sala Segunda del Tribunal Supremo no admitiera el recurso de casación que se presentó al valorar que se habían vulnerado los principios de presunción de inocencia y tutela judicial con la citada actuación policial.
La madre del acusado, a su vez, interpuso anteayer una denuncia ante la propia Dirección General de la Policía y la Guardia Civil, en Madrid, para que se investigue internamente la actuación que se llevó a cabo en Comisaría, cuyo máximo responsable entonces era el comisario Àngel Marí, por considerarla completamente irregular. En este escrito, se incide en que el reconocimiento fotográfico, además del «montaje», se hizo acompañando la imagen del sospechoso policial con un grupo de «fichados» magrebís. Asimismo se destaca que, posteriormente, en la rueda de reconocimiento en la que figuraron policías y personas que no eran de etnia gitana, como el acusado, la víctima no mostró plena seguridad y se refirió al sospechoso diciendo que era éste en un «95% o100%».
A.F.F., un hombre con antecedentes por robo con violencia, manifestó durante todo el proceso su inocencia y dijo que nunca estuvo en la tienda. Afirmó que el día que ocurrieron los hechos se hallaba en un bar de Santa Eulària.
La policía lo detuvo 20 días después del atraco tras identificarle la víctima en una foto que fue trucada en Comisaría. La propia Audiencia consideró «inaceptable» dicho reconocimiento fotográfico y lo anuló, pero valoró positivamente que la víctima reconociera en el juicio de nuevo a la víctima, así como su persistencia incriminatoria durante el proceso. La defensa, pese a ello, hizo especial hincapié en que el ladrón fue descrito como un hombre que tenía el pelo rapado por los lados mientras que A.F.F., 20 días después de un arresto que se ejecutó tras presentarse a la afectada la foto trucada, iba con el pelo largo.
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