El Ayuntamiento de Santa Eulària está llevando a cabo una campaña de control e inspección de actividades de ocio y restauración con objeto a evitar la proliferación de nuevos usos relacionados con la habilitación de espacios dedicados a discotecas, salas de baile y similares, la autorización de las cuales está prohibida actualmente por las Normas Subsidiarias (NNSS) de planeamiento del municipio.

En el marco de las inspecciones llevadas a cabo se ha procedido al inicio de actuaciones contra varios establecimientos situados principalmente en suelo rústico, en la zona de costa y en el paseo marítimo de Santa Eulària, cuyo resultado ha derivado hasta el momento en el inicio de seis procedimientos sancionadores junto con la adopción de la medida cautelar de cierre del establecimiento, en tanto que las anomalías detectadas afectaban a la totalidad del establecimiento en todos los casos.

A este respecto, desde el Ayuntamiento se recuerda que en aplicación de la Ley 7/2013 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en les Illes Balears, habilitar zonas como discotecas o salas de baile o la alt.eración o modificación sustancial de aquellas ya existentes implica, en tanto que se trata de actividades permanentes mayores, la comisión de una infracción muy grave la cual debe sancionarse con multa de 30.001 a 300.000 euros, pudiendo implicar la sanción accesoria de clausura total o parcial de la actividad de manera definitiva así como la inhabilitación de los promotores para el ejercicio de la profesión en el ámbito de esta ley por un período máximo de dieciocho meses.

Dichas sanciones, además, son acumulativas junto a las relativas al resto de incumplimientos que en materia de actividades puedan detectarse, ya sea la insuficiencia o falta de póliza de responsabilidad patrimonial, la falta de obtención de autorizaciones sectoriales (turismo, costas, sanidad, industria etc), o bien la existencia de personal de control de admisión sin poseer la debida acreditación expedida por el Consell d'Eivissa.

De igual modo, la actividad inspectora también focaliza su labor en la comprobación del cumplimiento de las medidas de seguridad y salubridad legalmente exigibles, tales como la existencia y correcta habilitación de salidas de emergencia, la señalización de evacuación o los sistemas de prevención de incendio.

Desde la Ayuntamiento se incide que dicha labor inspectora, así como el régimen sancionador con las altas sanciones ya expuestas, es también extensible tanto a la organización como la colaboración (comercialización, publicidad, trasporte, seguridad, ejercer de disck jokey, etc), de fiestas ilegales en villas, tal y como ya se lleva realizando junto con la colaboración del servicio de detectives del departamento de lucha contra el intrusismo del Consell d'Eivissa.