La consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, Mae de la Concha, ha firmado este miércoles en Ibiza la protección nacional transitoria de la Denominación de Origen Protegida (DOP) 'Mel d'Eivissa/Miel de Ibiza', un documento que protege esta denominación hasta la inscripción definitiva por parte de la Comisión Europea.
Según ha detallado el Govern en nota de prensa, esto supone que la miel ibicenca que cumpla con los pliegues de condiciones de la DOP se podrá comercializar esta primavera con el distintivo DOP, y también implica que solo los productores de miel de la isla podrán usar el nombre de 'Ibiza' si están inscritos en el censo de esta Denominación.
Cabe recordar que la tramitación se inició por parte de la Asociación de Apicultores de Ibiza y la solicitud se presentó en abril de 2022, a pesar de que los trabajos de caracterización de la miel de Ibiza se iniciaron en 2011.
Atendiendo a datos de 2021, la asociación de apicultores estaba formada por 113 socios que gestionaban 3.617 colmenas y que produjeron 7.500 kilos de miel por valor de 187.500 euros.
En palabras de la consellera, "esta marca de calidad es un refuerzo que ayuda mucho en la promoción y la comercialización, y también en la integración de cada vez más personas al sector, lo que implica una producción más abundante y constante".
El Govern ha señalado que esta DOP es la primera de miel de Baleares, la primera DOP de Ibiza y la séptima DOP de miel de España.
CARACTERÍSTICAS
El carácter específico de la 'Mel d'Eivissa/Miel de Ibiza' está vinculado a una singularidad floral característica de la zona geográfica de la isla, que está presente en el aspecto polínico de toda la gama producida en esta zona geográfica.
La diversidad de flora de la isla determina conjuntos florales marcados por la presencia natural de trébol amarillo, trébol hediondo u otras leguminosas.
La miel de Ibiza es también fruto de la técnica y la destreza de los apicultores que han sabido conocer las particularidades de este territorio para producir mieles muy características y diferenciadas en función de los emplazamientos elegidos y las zonas de recolección del néctar, aprovechando la gran variabilidad de floraciones.
Los envases de la 'Mel d'Eivissa/Miel de Ibiza' deberán ser de vidrio u otro material que garantice la calidad del producto, con un cierre hermético y precinto de garantía. El envasado se tendrá que realizar en el lugar donde se hace la extracción para conservar las características de la miel y no se podrá manipular ni transportar a granel.
En el etiquetado de este producto deberá figurar 'Mel d'Eivissa' o 'Miel de Ibiza', la mención 'Denominación de Origen Protegida', una codificación única para facilitar el control de la trazabilidad del producto y el año de cosecha de la miel.
A LA ESPERA DE LA COMISIÓN EUROPEA
La protección nacional transitoria se publicará ahora en el Boletín Oficial de Baleares (BOIB) y también en el del Estado (BOE). Es una facultad que atribuye la normativa comunitaria a los Estados y permite que, una vez finalizada la tramitación nacional del expediente, se pueda proteger a nivel estatal la denominación de origen.
La Unión Europea analizará ahora el expediente de la DOP y lo publicará después en el Diario de la Unión Europea, hecho que abrirá un plazo de tres meses durante los que los Estados miembro podrán presentar oposiciones a esta decisión.
Esta protección estará vigente mientras la Comisión Europea no adopte una decisión sobre la inscripción de esta DOP.
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