Como requisitos, además de ser mayor de edad, se debe estar empadronado en el municipio al menos desde el 2 de julio de 2020 y tener un contrato en vigor para el alquiler de la vivienda, la cual debe estar ubicada en el municipio. El precio máximo del alquiler a pagar será de 1.200 euros mensuales y se establecen topes de renta para la unidad familiar en el ejercicio de 2021, que van desde los 23.725 euros en el caso de unidades de convivencia de un solo miembro, hasta los 35.588,70 en el caso de las unidades con 4 miembros. A partir de aquí, por cada miembro adicional el límite del conjunto de la unidad de convivencia crecerá en 3.954,30 euros.
Los solicitantes deben estar al corriente de los pagos de las rentas del alquiler, si bien se contemplan algunas excepciones. Igualmente, tampoco se debe ser propietario de una vivienda en algún otro punto de España, si bien también pueden existir casos en que se acepte esta condición.
Para evitar la picaresca, también se establece la prohibición de que los aspirantes a las ayudas sean parientes, en primer (hijos, cónyuge, padres, suegros, yernos y nueras) o segundo grado (abuelos, hermanos, nietos y cuñados) de la persona propietaria de la vivienda o socio de la empresa que sea propietaria de la misma.
Las solicitudes pueden presentarse a través del registro on line (es preciso contar con certificado digital) de la web www.santaeulariadesriu.com, o a través del registro general de entrada del Consistorio (ubicado en el edificio Polivalente de la calle Marià Riquer Wallis, 4, de la población de Santa Eulària, para el cual es preciso solicitar cita previa) o en los registros de entrada de las oficinas municipales de Jesús o de es Puig d'en Valls. Igualmente se pueden presentar las peticiones a través de las oficinas de Correos. Para dudas y consultas se puede enviar un correo a ajuda@santaeularia.com o llamar al teléfono 971 04 02 48.
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