Autoridad Portuaria de Baleares (APB) accedió a prorrogar casi siete años más la concesión de Marina Ibiza a la empresa Servicios Marítimos Ports d'Eivissa S.L pese a que había incumplido el pliego de condiciones con el que logró la concesión, y con una serie de beneficios para la empresa imposibles de cumplir ante la falta de plan especial.
En el año 2016 la empresa concesionaria de Marina Ibiza envió una solicitud al ente portuario para que el plazo de concesión, que caducaba en el año 2025, se ampliara en 6,8 años más, hasta llegar a 2031. Aunque la empresa había incumplido de manera flagrante el pliego de condiciones del concurso público al haber aumentado la edificabilidad de la concesión pese a estar terminantemente prohibido, la APB accedió a sus pretensiones en base a la ley de Puertos del Estado.
Ley de Puertos
Según se desprende de la disposición transitoria décima del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante introducida por la Ley 18/2014, es necesario para este tipo de ampliaciones que el concesionario la solicite, que haya informe favorable de Puertos del Estado y que la adjudicataria se comprometa a alguna de una serie de obligaciones tales como realizar una nueva inversión; aportar una contribución económica «a la financiación de infraestructuras de conexión terrestre entre las redes generales de transporte de uso común y las vigentes zonas de servicio de los puertos» o a la «reducción al menos en un 20% de las tarifas máximas incluidas en el título concesional».
Más edificabilidad
En este caso, según los pocos datos facilitados por Autoridad Portuaria al respecto, Servicios Marítimos Ports d'Eivissa se comprometió a realizar en los 6,8 años de concesión prorrogada una inversión de 7,2 millones de euros. A cambio, recibía una serie de prebendas de la Autoridad Portuaria tales como el incremento de la edificabilidad en la concesión en un 10%, además de una «serie» de edificaciones desmontables que en ningún momento ha querido especificar el organismo portuario.
Estos beneficios que la APB concedió en 2016 a la concesionaria del puerto deportivo Marina Ibiza son, aún a día de hoy, totalmente imposibles de cumplir ya que, como ha venido explicando este periódico desde la pasada semana, no se puede realizar ninguna obra en el ámbito portuario en ausencia de un plan especial.
Así queda claramente recogido en el plan General de Ordenación Urbana de Vila (PGOU), de 1987 y que es el que está en vigor en la actualidad. De hecho, cuando se aprobó aumentar el plazo concesional en el año 2016 ni siquiera se habían iniciado los trámites para la obtención de este importantísimo documento regulador del urbanismo en la zona portuaria. Basta decir que, cinco años después, aún está en fase de tramitación.
Hay que destacar que, según ha podido saber el Periódico de Ibiza y Formentera, el alcalde de la ciudad de Ibiza, Rafa Ruiz, que forma parte del Consejo de Administración de Autoridad Portuaria de Baleares, votó a favor de la propuesta, pese a conocer los incumplimientos de la concesionaria y el hecho de que sin plan especial ni se puede otorgar licencia de obra y, por ende, licencia de actividad a los negocios que se pretendan implantar.
Construcciones previas
Previamente a la ampliación del período de concesión y por el que la Autoridad Portuaria concedía este incremento de edificabilidad, Servicios Marítimos Ports d'Eivissa ya había construido la mayor parte de las infraestructuras que ni tienen licencia de obra ni pueden tener licencia de actividad (las que la han solicitado recibieron la negativa del Ayuntamiento por no contar con la preceptiva licencia).
Concretamente, antes de esta solicitud de la empresa ya se habían construido el restaurante Calma, las tres edificaciones de las tiendas de lujo y el Capuccino Grand Café.
Posteriormente, a partir de 2016, se hicieron el supermercado Oh y el restaurante Roto.
Este caso es prácticamente calcado al que se dio en los años 90 en Tarragona con el puerto deportivo Marina Puerto Tarraco. Allí finalmente el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña sentenció que las obras realizadas sin plan especial eran ilegales.
Un plan especial que no estaría aprobado a corto y medio plazo
El Plan Especial del Puerto de Ibiza, cuya tramitación se está llevando a cabo en estos momentos, podría ser la tabla de salvación urbanística para la zona portuaria.
Pero la aprobación de este importante documento, del que ya se está redactando la evaluación de impacto ambiental, podría no ser una realidad a corto y medio plazo.
Y todo porque la Comisión Balear de Medio Ambiente, organismo que finalmente debe dar el visto bueno a esta normativa, podría paralizar indefinidamente su aprobación si considera que la Delimitación de espacios y Usos Portuarios (DEUP), documento que sólo está a una firma del ministro de Fomento José Luis Ábalos y cuya aprobación debe ser previa a la del propio plan, incorpora elementos ambientales a tener en cuenta.
Y es el que organismo medio ambiental de Baleares considera que un documento tan importante y de tanta envergadura como el DEUP debería incluir una evaluación ambiental aunque no sea obligatoria.
De hecho, el presidente de la comisión, Antoni Alorda, ya anunció que «si la DEUP no pasa una evaluación ambiental, no la daremos por buena». Sin embargo, como no hace falta el visto bueno de la comisión para DEUP pero sí para el plan especial, el organismo que preside Alorda lo paralizaría hasta que el documento de la APB no incluya un estudio ambiental.
5 comentarios
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Menuda connivencia entre Grupo Alonso Mari, Ayuntamiento y APB. Vergonzoso, humillante y enorme tomadura de pelo a la ciudadanía y a toda moralidad, ética y estética.
Menuda verguenza y lo mas grave es que el señor alcalde sigue escondido y sin decir nada. vergonzoso
Viva la Republica Independiente de la APB.Menudo Morro.
Y el concepto de edificación desmontable roza la chirigota...porque nunca jamás se ha desmontado, desde que existen esos cubículos, ni el rótulo ni se limpian los cristales de los escaparates en invierno...y lo tapiado en es Martell no cuenta de momento como edificio, pero APB lo está licitando con el espejo de aguas para grandes esloras, en el concurso 700.3, desde octubre de 2020...ya sabremos algún día si APB consigue cobrar los millones que aun debe la anterior concesionaria YSM...negoci com comprar peix a cinc pessetes, fregir-lo i vendre'l a duro...així va, com allò des port
El artículo 56 del Real Decreto Ley 8/2014 modifica la Disposición transitoria décima de la Real Decreto Legislativo 2/2011, texto refundido de la Ley de Puertos. Y en este artículo 56 del RDL 8/2014 (bajo gobierno del PP, oigan) no aparece, ni por asomo, mención alguna a la posibilidad de ampliar un 10% la edificabilidad de la concesión, y sí a un máximo de ampliación de un tercio del plazo de concesión que se otorgó...6,8x3 = 20,4años...raro plazo, me temo