Además, reclaman que el servicio de prevención de riesgos laborales elabore un protocolo de actuaciones a seguir en los casos en que un trabajador se considere en situación de acoso laboral.
El documento elaborado por miembros aporta un modelo de protocolo de actuaciones a seguir en estos casos.
La iniciativa se trasladó ayer al Ayuntamiento ante la situación generada tras las denuncias por acoso laboral presentadas en sede judicial contra la concejal de Governació y tercera teniente de alcalde, Aída Alcaraz. Una de estas denuncias, la presentada por el jefe de la Policía Local de Sant Antoni, Javier Verdugo, avanza en el juzgado de Instrucción número 4 de Ibiza. Más recientemente, fue otro miembro de la plantilla de la Policía Local de Sant Antoni quien presentó una denuncia contra la regidora responsable del departamento.
Traslado de apertura de juicio
El pasado 13 de abril, el juez Santiago Pinsach trasladó al Ministerio Fiscal y a la acusación particular la apertura de juicio oral contra Alcaraz, investigada por un delito contra la integridad moral-acoso/discriminación laboral o coacciones denunciado por Verdugo.
El auto de 27 de marzo fue notificado y marcaba un plazo de diez días para que Fiscalía o acusación solicitasen la apertura de juicio oral formulando el escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa.
El auto también podía ser impugnado mediante la interposición de un recurso de reforma en el plazo de tres días o un recurso de apelación en el plazo de cinco días.
La acusación ya anunció su intención de presentar escrito de acusación, un paso más hacía la apertura de juicio oral.
EL APUNTE
El juez apreció indicios de delito de discriminación laboral
El jefe de la Policía Local de Sant Antoni, Javier Verdugo, interpuso una denuncia contra la concejala de Governació, Aída Alcaraz, por un delito de acoso en el ámbito profesional y personal recogido en los artículos 173.1, 147 y 311 del Código Penal. En el escrito de denuncia, Verdugo exponía que desde noviembre de 2015 Aída Alcaraz ha ejercido de «manera implacable y sistemática» un acoso moral en el trabajo. Tras las primeras comparecencias de los implicados en el caso, el magistrado señaló que «desprendiéndose de lo actuado que los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de un presunto delito contra la integridad moral-acoso o discriminación laboral/o coacciones, procede seguir los trámites por el Procedimiento Abreviado». El magistrado aprecia indicios de delito de discriminación laboral y constata la acreditación de unos hechos objetivos desde la llegada de la denunciada a la concejalía.
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