El Juzgado de Instrucción número 2 de Ibiza que investigaba el accidente de tráfico de Ángel Nieto, fallecido el pasado 3 de agosto en la isla, ha sobreseído la investigación abierta a la conductora que impactó por detrás contra el quad de Nieto en la carretera de Santa Gertrudis ya que, según indica, la mujer «no cometió ninguna infracción penal».
Según una información publicada por la revista Interviú, el juez determina que los hechos «integrarían en todo caso una culpa leve por parte de la conductora, dado que su negligencia no solo es de poca entidad, sino que concurre con la culpa del fallecido, al quedar plasmado en el atestado claramente que el mismo no portaba el casco de protección abrochado». No obstante, el juez recuerda que el informe de la Guardia Civil concluyó que la conductora no respetaba la distancia de seguridad obligatoria.
El juez advierte que, «al contrario de lo sostenido en los escritos de la familia del fallecido, no existen indicios de que el resultado acaecido se produjera por una falta de atención absoluta a la conducción por parte de la implicada».
La decisión del juez acepta la petición de la defensa de la conductora, de nacionalidad alemana y residente en la isla, para que se archive el caso y rechaza la tesis mantenida por la familia de Ángel Nieto, «que atribuía la responsabilidad a la conductora, que podía haberse enfrentado a hasta cuatro años de prisión por homicidio imprudente».
Casco desabrochado
El auto judicial también recoge que «el informe médico forense concreta que la causa fundamental de la muerte de Nieto fue un traumatismo craneoencefálico y resulta que la omisión de abrocharse el casco del piloto concurre directamente con dicha causa».
El informe elaborado por el Equipo de Atestados de la Guardia Civil de Ibiza apunta que Ángel Nieto se golpeó contra el suelo sin protección alguna, ya que el casco habría salido disparado.
Los responsables del atestado indican que el accidente fue consecuencia de una imprudencia leve de la conductora que circulaba detrás del quad de Ángel Nieto.
En este sentido, los perjuicios económicos derivados del mismo se dirimirán en una causa civil, ya que no se aprecia responsabilidad penal por parte de la conductora.
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