«El 11 de febrero de 2013 se produjo el brutal ataque con resultado de lesiones muy graves para la víctima. El juzgado procedió a la incoación de diligencias previas, pero a los 15 días, el maltratador muere en el hospital porque se suicida. Acto seguido, el juez archiva el caso por falta de autor. Dentro del procedimiento se hizo un informe forense preliminar (fecha 20 de marzo de 2013) en el que se certifica que hasta la fecha, el tiempo impeditivo que ella está convaleciente son 45 días. Con ello no quiere decir que ese día la señora Tobarias sanase milagrosamente, sino que al cerrarse el procedimiento penal el forense hace su informe preliminar y ya no hace nada más», relata la letrada Laura Bosque.
«En ese momento, la víctima acude a la administración y solicita una ayuda para víctimas de violencia de género. La Administración le deniega dicha pensión basándose en que solo ha estado de baja o impedida 45 días porque así lo refleja el informe preliminar del forense. Para la concesión de estas ayudas es necesario tener un mínimo de 180 días impeditivos. Lo más sorprendente es que la propia Aministración es consciente de que, hasta el mes de agosto de 2015, Eloísa estuvo de baja médica en rehabilitación y aún sigue en tratamiento psiquiátrico. También le han denegado la incapacidad laboral o incluso una paga por viudedad, en este último caso alegando que, a pesar de haber convivido juntos más de 20 años y tener dos hijos con su pareja, no estaban casados», puntualiza su abogada.
«Yo no quiero dar pena. Llevo 40 años cotizando y me encuentro muy sola. Mis hijos fueron al Institut de la Dona y no nos ayudaron en nada. Llamando a puertas, nos encontramos a personas altruistas que gracias a ellos he podido sobrevivir. Me quedé sin nada y no tenía ni para pagar el agua o la luz. Todo el día están en la tele hablando de violencia de género, pero lo he tocado con mis manos y todo es hipocresía. A la hora de la verdad no te ayudan en nada. Lo peor es que hay mucha gente en mi misma situación. En mi caso puedo dar gracias a que mis hijos no he pasado hambre», concluye Eloísa.
Fuentes jurídicas consultadas han confirmado que se trata de un error grave de la Administración que debería subsanarse de inmediato. «Si el esposo no se hubiera suicidado, esta mujer estaría cobrando su pensión sin ningún tipo de problema porque el forense seguiría expidiendo los correspondientes partes facultativos, pero al morir y archivarse el caso todo ha quedado en un limbo jurídico muy extraño», apuntan los juristas. El trágico suceso tuvo lugar en una casa de campo situada en el Camí del Palmer, en las afueras del pueblo de Llucmajor. Fue un hijo de la víctima quien al llegar a la vivienda se encontró a su padre con una escopeta de perdigones y algunas heridas en la cabeza. El hijo le quitó la escopeta y la lanzó fuera de su alcance. Después encontró a su madre inconsciente en el suelo, con heridas de arma blanca en el abdomen por las que había perdido bastante sangre, y cortes en la cabeza y el cuello. El hijo de la pareja llamó al teléfono de emergencias del 112 y pidió ayuda. La Policía Local de Llucmajor desplazó tres patrullas hasta la vivienda. Los agentes prestaron los primeros auxilios a la mujer y le taponaron la herida, hasta que llegó la asistencia médica del PAC. En ese instante se procedió a la detención del maltratador.
1 comentario
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Tiene toda la razón, mucha hipocresía hay. 40 años cotizando, maltratada y no tiene derecho a una pensión? Y gente cobrando una barbaridad por trabajar un rato por la mañana. Mucho ánimo a esta mujer.