María Teresa Gregorio Roig vive una auténtica pesadilla desde que en julio pasado el Consulado de España en Moscú se negó a inscribir al bebé como su hija, a pesar de que una sentencia del Tribunal de San Petersburgo reconoce la legalidad de la maternidad de Teresa Gregorio por el procedimiento de gestación subrogada, que es legal en Rusia.
Gregorio Roig ha presentado un recurso contencioso administrativo contra la decisión del cónsul general adjunto en Moscú, Julio Díaz Sevillano, en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, al que pide más agilidad para dirimir su caso.
Pero esta empresaria --que ha acudido a donantes anónimos para la gestación de Karla, que no tiene por tanto material genético de María Teresa-- no se resigna a dejar su caso en manos del TSJM y ha instado a los Ministerios de Exteriores y de Justicia a resolver su situación, con el objetivo último de que el Consulado le dé al menos un salvoconducto para que pueda regresar a España con la niña.
El PP de Baleares defiende a su vecina y ha presentado una proposición no de ley en la Cámara autonómica instando al Consulado en Moscú a expedir ese salvoconducto. A pesar de ello, el cónsul adjunto se ratificó el pasado 15 de marzo en su negativa a reconocer la maternidad de María Teresa.
"El cónsul me dijo que le podían acusar de prevaricar", relata Gregorio Roig en conversación telefónica con Europa Press desde Moscú, al tiempo que apunta que en otros consulados españoles sí han accedido a registrar a niños nacidos de vientres de alquiler. "El Consulado de San Petersburgo registró hace pocas fechas a un bebé con una sentencia similar a la mía", cuenta.
Pero el cónsul le contestó que cada uno en su casa actúa como le parece y que no pensaba dar un paso hasta que no tuviera órdenes en sentido contrario de un juez o del Gobierno, según la versión de la mujer, que no contempla en ningún caso "abandonar a la niña en un orfanato", como le dijo en una ocasión el cónsul que tendría que acabar haciendo.
La pelota, en el tejado del TSJM
Desde los Ministerios de Exteriores y de Justicia subrayan que como el caso está judicializado es el Tribunal Superior de Justicia de Madrid el encargado de dirimir esta cuestión.
Lo cierto es que la negativa del cónsul a inscribir al bebé como hijo de María Teresa se ajusta al criterio del Tribunal Supremo, que en su sentencia de 6 de febrero de 2014, estableció que para el derecho español la madre de los menores es la mujer que da a luz, si bien deja la puerta abierta a que el padre biológico reclame la paternidad, lo que no podría aplicarse en el caso de María Teresa, al ser madre soltera.
Esta sentencia está recurrida en el Tribunal Constitucional, pero el Alto Tribunal aún no se ha pronunciado.
Unos meses después de la sentencia del Supremo en contra de los vientres de alquiler, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos se pronunció a favor de reconocer la filiación de los menores establecida en el extranjero en casos de gestación por sustitución, en dos casos en los que condenada a los Estados francés e italiano.
Como consecuencia de esta sentencia, el Supremo, en un auto de 2 de febrero de 2015, desestimó declarar nula su sentencia anterior de febrero de 2014, por entender que no existe una situación similar a la que motivaron esas sentencias.
2 comentarios
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las leyes hay que cumplirlas y una adopcion es un tramite dificil engorroso...resto hablar por hablar
Esta historia no tiene ningún sentido. Señora Gregorio, con todos mis respetos, ¿sabía Usted en que fregado se metía?