La Infanta Cristina y el fiscal anticorrupción Pedro Horrach pedirán este lunes, en el marco de las cuestiones previas que marcarán el inicio del juicio por el caso Nóos, que se le aplique la doctrina Botín a la hermana del Rey Felipe VI, lo que evitaría ser juzgada por los dos delitos fiscales que, en calidad de cooperadora necesaria, le atribuye el sindicato Manos Limpias pero no el resto de acusaciones de la causa.

La primera sesión de la vista oral, que prevé arrancar a las 9.15 horas, comenzará con la intervención de Horrach, quien durante la misma solicitará la aplicación de la anterior doctrina puesto que ni el Ministerio Público y el perjudicado por el supuesto delito, en este caso la Agencia Tributaria -representada en el proceso por la Abogacía del Estado- ejercen acciones penales contra la mujer de Iñaki Urdangarin quien, en cualquier caso, deberá sentarse en el banquillo al menos en esta primera jornada del juicio.

El fiscal sostiene que en otros casos en los que se han producido similares circunstancias, se ha procedido al archivo de su imputación y, por tanto, se les ha impedido ir a juicio.

Durante la instrucción de la causa, ni la Fiscalía ni la Agencia Tributaria han apuntado a la existencia de indicios criminales sobre la hermana del Rey Felipe VI.

«Si el titular del bien jurídico supuestamente lesionado, la Abogacía del Estado, y el Ministerio Fiscal no ejercen la acción penal contra una persona determinada porque legítimamente consideran que no existe delito imputable a la misma, dicha legitimidad procesal no puede ser usurpada por un tercero no perjudicado», aseveraba Horrach en un escrito presentado en el marco del caso.

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Del mismo modo, el fiscal recalcaba que «el respeto al principio de igualdad debe impedir que los criterios interpretativos de las leyes penales y procesales se conviertan en cajones de sastre donde todo vale», por lo que considera que «no es posible legalmente, bajo la excusa de matices interpretativos, orillar la aplicación» del artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que insta a archivar las pesquisas para quien así lo piden Fiscalía y acusación particular.

SE AMPARA EN UN CASO «IDÉNTICO» PRODUCIDO EN VIZCAYA

Para reforzar sus alegatos, Horrach exponía un caso «idéntico» al de la Infanta, en el que la Audiencia Provincial de Vizcaya determinó que la acusación popular no podía por sí sola abrir el juicio oral contra las personas que no eran objeto de acusación ni por el Ministerio Fiscal ni por la acusación particular a raíz de la supuesta comisión de un delito contra la Hacienda pública.

Por su parte, los abogados de la Infanta ven «jurídicamente inadmisible» que tenga que ser juzgada con la sola acusación de Manos Limpias.

De hecho, en un escrito con el que en su día pidieron el archivo de su encausamiento, señalaban que esta doctrina, establecida por el Tribunal Supremo, ha sido avalada por la 'jurisprudencia menor' de las audiencias provinciales con numerosas resoluciones, y mencionaban diversos autos de las audiencias provinciales de Toledo, Murcia, Madrid y Balears, que han aplicado este mismo supuesto.

Los abogados sostienen que, más allá de esta doctrina, también procede aplicar para archivar la causa la «aplicación literal» de la LeCrim en este sentido.