Según ha explicado al portavoz del Govern, Núria Riera, la modificación afecta a diferentes supuestos; uno de ellos hace referencia a que a partir de ahora se podrá sustituir al profesorado que disfrute de cualquier permiso o licencia a partir de diez días lectivos, incluyendo la licencia por enfermedad y el permiso de asistencia a actividades formativas.
El acuerdo del año 2011 estableció que no se podían nombrar interinos docentes o contratar personal temporal para sustituir profesorado por el disfrute de cualquier permiso o licencia inferior a 30 días, incluyendo la licencia por enfermedad y el permiso de asistencia a actividades formativas, plazo que ahora se reduce a 10 días lectivos.
Por otra parte, el acuerdo también prevé que en casos excepcionales en que la suspensión del nombramiento de nuevo personal funcionario interino docente, de la prórroga de los funcionarios interinos docentes adscritos a programas temporales, y de la contratación de personal laboral temporal docente pueda suponer un grave perjuicio en la prestación de servicios educativos esenciales para la comunidad y se justifique una necesidad urgente e inaplazable.
Así, se puede autorizar el nombramiento de personal funcionario interino docente -como por ejemplo, tutores de infantil y primaria, personal de centros de educación especial, personal de apoyo, profesores de 2º de bachillerato y escuelas unitarias, entre otros- y la contratación de personal laboral temporal docente en la Administración de la CAIB, siempre que haya crédito suficiente.
12 comentarios
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Tienen que pasar diez días LECTIVOS, es decir, sin contar los fines de semana, así que en la práctica son DOS SEMANAS sin profesor cada vez que hay una baja.
O sea, que les parece bien que tengan que pasar DIEZ DÍAS para sustituir a un profesor. Esto es una vergüenza.
Per cert, redacció d'UH, de veres aquesta notícia vos pareix d'àmbit local??
Venga, rebajas para todos!! Que vienen elecciones y me las quitan de las manos!!
Lo más incomprensible es el número sin fin de denominado AD o ATD (asesores docentes o asistentes técnico docentes)... Es decir profesorado (titular o interino) que no ejerce la docencia, sino que están en la conselleria de des-educación haciendo lo más variopinto Estos/as AD y ATD deberían estar dando clase y no en otros menesteres propios de la Administración General porque, además, así de MAL va la Conselleria de Educación con este sistema. En fin, vaya PPanorama de mediocres con sueldo de la conselleria de des-educación. Arruix PP. ¡Y el que venga que ponga los puntos sobre las íes!
Substitución inmediata y cuando se reincorpore el titular, en el mismo día, substitución en otro lugar. ¿Para qué esperar 10 días? I lo más importante de la notícia, "si hay presupuesto". Como no habrá presupuesto, os quedáis como estabais. Ya se les ve venir. Lo extraño es que alguien todavía se los crea.
Entonces, espero que también quiten esa pequeña cláusula que la gente en general no conoce: al contratar un profesor sustituto para cubrir una baja, se le garantizan 2 meses de trabajo aunque el profesor que esté de baja se reincorpore a los 15 días. Lo que debería ser, es la sustitución inmediata, pero el cese en el momento en el que titular de la plaza se reincorpore.
Amb dir que no hi ha crèdit suficient tornam a ser allà on som i per a mi aquesta mesura és pura imatge cara les eleccions i insisteix en la línia de pensar que els votants són estúpids. Una cosa més, ningú no demana llicència per posar-se malalt, s'hi posa i punt i no ho pot triar.
quitad a todos los vagos y se acabó el problema
... el acuerdo de 2011... por favor, digan las cosas claras: ... la decisión del Govern del PP... es lo que hizo aumentar las ratios, mandar a muchos interinos al paro, no sustitutirhasta mucho más tarde, quitar multitud de derechos que tenía el profesorado, etc. El desastre lo ha conseguido por méritos propios el PP. Ahora a pagar, en los juzgados y en las urnas.