Zona de facturación del aeropuerto de Eivissa.

Los canales de venta de las compañías aéreas y navieras, así como los diferentes operadores de reservas, deberán permitir a partir de hoy, 1 de noviembre, la consulta telemática de la condición de residente no peninsular que otorga el derecho a percibir una subvención sobre el importe del billete de transporte, tal como exige el Ministerio de Fomento.

La consulta se realizará a través del sistema de acreditación de residencia automático SARA, desarrollado por el Ministerio de Fomento, y al que las diferentes compañías aéreas y navieras, así como sus respectivos sistemas de reserva de billetes, se han ido integrando de forma progresiva.

A partir de ahora, todos los usuarios podrán acceder a la acreditación telemática de la residencia, lo que les permitirá viajar con su billete bonificado sin necesidad de llevar consigo el certificado acreditativo de empadronamiento (certificado de viajes) expedido por el ayuntamiento del municipio en el que residen. Sin embargo, sí deberán portar el certificado los menores de 14 años que no tengan DNI, los residentes que se hubieran empadronado recientemente y aquellos casos en los que se hubiera introducido de forma errónea los datos del DNI (por ejemplo el nombre) en el sistema.

Según el nuevo modelo diseñado por Fomento, ante posibles fallos técnicos del propio sistema, se dispone de una solución de contingencia con la que se puede seguir validando a los pasajeros residentes que hayan tenido una validación positiva previa en los seis meses anteriores.

Con el desarrollo del sistema SARA, el Ministerio defiende que ha tratado de dar «un paso más para mejorar la eficiencia del actual sistema de subvenciones al transporte, conciliando la reducción de obligaciones para el pasajero con la mejora de los procedimientos de control».