El fiscal Pedro Horrach impugnó el auto por el que, el pasado 7 de febrero, el juez José Castro rechazaba que las dos acusaciones actuasen conjuntamente al considerar «irreconciliables» las diferencias entre ambas.
En su recurso, Horrach rebate los argumentos del juez al considerarlos «ajenos» a la doctrina constitucional sobre la acumulación de acusaciones populares en un mismo proceso judicial, que «exige la convergencia de intereses en la orientación de su actuación procesal».
De hecho, el representante del Ministerio Público recalca que «es evidente que ambas acusaciones comparten los mismos criterios y la misma posición procesal en relación a los hechos y sus presuntos responsables», por cuanto las dos entidades se han personado para ejercer sus acciones penales contra los numerosos imputados de la causa, entre ellos la Infanta Cristina e Iñaki Urdangarin, por presuntos delitos fiscales, de malversación, prevaricación, falsedad documental y de blanqueo de capitales, entre otros.
«No son las opiniones, fines, motivaciones o convicciones ideológicas (...) lo que debe ser tomado en consideración para apreciar la convergencia y unidad de intereses en su actuación procesal-penal», abunda el fiscal, quien incide en que «la convergencia de intereses, hechos, personas, identidad y estrategia procesal» se hace «patente» al analizar las pretensiones de Manos Limpias y Frente Cívico.
En esta línea, Horrach se ampara en el artículo 113 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que «no contiene un 'consejo', como señala el instructor sino, como normal legal de imperativa aplicación que es, un mandato legal» que consiste en que «siempre que sea posible, cuando sean varias las personas que utilicen las acciones derivadas de un mismo delito, lo harán bajo una misma dirección y representación».
El juez Castro recordaba, por su parte, cómo, nada más solicitar su personación la asociación promovida por el exdirigente del PCE e IU Julio Anguita, «lo primero que hizo» Manos Limpias, «sin que se habilitara trámite alguno para ello, fue oponerse pero no por razones de forma, sino por conceptuar la pretendida personación como una réplica política para sacar un rendimiento mediático ajeno al procedimiento jurídico».
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