La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears ha desestimado el recurso presentado por la empresa Marson Ibiza S.L., dedicada al alquiler de embarcaciones de recreo, con el que se pretendía anular las sanciones interpuestas a la compañía por la Dependencia Regional de Inspección de Aduanas e Impuestos Especiales en Illes Balears de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), que detectó irregularidades en su actuación comercial.

Sanciones
En la inspección se descubrió que con una embarcación de esta empresa, la «Marson V», un yate de 12,34 metros de eslora comprado por 282,343,94 euros, no cumplía con el requisito de «dedicación exclusiva a la actividad de alquiler», como se desprendía de que durante los ejercicios de los años 2002 al 2004, sobre un total de 41 facturas correspondientes a arrendamientos de la embarcación, siete de ellas fueron suscritas con personas vinculadas, es decir, con familiares de los responsables de la embarcación.
Por este motivo AEAT sancionó a Marson Ibiza S.L. con dos multas, una de 38.993,28 euros y otra más de 23.880,23 euros, un total de 62.813 euros ahora ratificado por Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears.
Las compañías que compran embarcaciones con el único objeto de dedicarlas al alquiler optan a descuentos en los impuestos que se pagan por estos objetos de lujo.