El esperado informe sobre las tierras de las autovías determina que no se han encontrado restos de materiales peligrosos para la salud humana ni para los ecosistemas. Los peritos han hallado asfalto, algo que era visible a simple vista, pero en él no hay restos de hulla, que sí que está considerado como un residuo peligroso.

En las diferentes catas que se han hecho sobre el terreno sí que se han detectado restos de asfalto que pueden ser contaminantes porque exceden ligeramente las cantidades permitidas por la legislación española, pero el informe hace constar que se excede en muy poco, una cantidad que por ejemplo está permitida en países como Holanda.

Restos contaminantes

En lo que sí que incide el informe es en que estos restos (asfalto, aceites vegetales, etc.) no pueden quedarse sobre el terreno porque no son restos inertes y, por lo tanto, se tienen que llevar a lugares autorizados en los que se proceda al tratamiento de residuos.

En base a este informe, realizado por varios peritos y que ha sido sufragado por el Consell d'Eivissa, la Fiscalía ha solicitado la declaración como testigos de los especialistas que lo han elaborado. Según el fiscal, hay que aclarar determinadas cuestiones referidas al peritaje, porque hay aspectos que no quedan lo suficientemente claros, como las referencias al tipo de suelo de la zona.

En cualquier caso, y con los datos que ya hay sobre la mesa, la Fiscalía descarta que se puedan haber cometido los delitos recogidos en los artículos 325 y 328 del Código Penal, en los que se habla de penas de prisión para los responsables de vertidos en el suelo o en el subsuelo que puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales o con riesgo para la salud de las personas.

Sin embargo, sí que considera que hay que continuar adelante con la investigación, porque se podría haber cometido un delito contenido en el artículo 329 del Código Penal, referido a «la autoridad o funcionario público que, a sabiendas, hubiere informado favorablemente la concesión de licencias manifiestamente ilegales que autoricen el funcionamiento de las industrias o actividades contaminantes». Este artículo se refiere también a funcionarios o autoridades que con motivo de sus inspecciones hubieran silenciado la infracción de leyes. Se establecen penas de prisión de seis meses a tres años o multas de ocho a veinticuatro meses por este delito.

La Plataforma Antiautopistas y varios agentes medioambientales denunciaron en su día la presencia de asfalto en los depósitos de tierras que se hicieron en terrenos de Empresas Matutes durante la construcción de las autovías.