La nueva ley de puertos registra así una mayor participación de
las autoridades insulares y tiene como fin regular las concesiones
de los amarres.
De esta forma, la consellera de Obres Públiques, Habitatge i
Transports, Mabel Cabrer, destacó que el nuevo texto impide la
autorización de nuevos puertos en Balears sin el informe favorable
del Consell Insular afectado. Esta novedad, añadió, supone «un
reconocimiento a la insularidad» y una «generosidad» por parte del
Govern, que ostenta la competencia exclusiva en materia de
puertos.
La aprobación de esta ley, que afecta a todos los puertos
gestionados directa o indirectamente por el Govern, supondrá el
levantamiento de la moratoria de puertos deportivos, aprobada el 15
de noviembre de 2002. Según detalló Cabrer, actualmente el Govern
gestiona directamente 13 puertos y un total de 2.940 amarres,
mientras que 28 puertos y 9.116 amarres son gestionados a través de
una concesión. Asimismo, el Govern ha contabilizado que hay 3.100
personas en lista de espera para acceder a amarres que gestionados
por la Administración. Por otra parte, la ley prevé la creación de
dos registros generales, uno de nueva creación relativo a titulares
de amarres en los puertos en régimen de concesión, y otro registro
de los titulares de amarres en puertos gestionados por el Govern.
Según Cabrer, estos registros dotarán de «transparencia» al sector
y permitirá a la Administración controlar el ingreso de los
impuestos correspondientes en la venta de amarres. La norma
introduce también el concepto de estación náutica para el impulso
del sector en el ámbito turístico, que prevé la incorporación de
servicios complementarios en el puerto para mejorar la oferta de
ocio. En cuanto a las concesiones, la nueva normativa protege a los
concesionarios actuales, otorgándoles un derecho de tanteo para
poder igualar la oferta de la propuesta ganadora del concurso.
Cabrer señaló que esta disposición, contra la que se presentó una
alegación por vulneración del principio de igualdad, está «calcada»
de los puertos de Cataluña y Canarias. La ley establece también
unos servicios básicos portuarios de obligada prestación, y prevé
que su incorporación en el plazo de un año por parte del
concesionario supondrá la ampliación del periodo de concesión otros
30 años.
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