Por otra parte, Palau destacó que este plan, que será el instrumento básico para la ordenación del territorio en las Pitiüses, «protege las montañas para que desde su zona media y hasta la cima no se puedan ubicar viviendas». Asimismo, en el texto se recogen las distintas tipologías de suelo y la superficie mínima de parcela exigida en cada caso para poder construir viviendas unifamiliares. Según los criterios marcados, en los espacios calificados como Àreas Naturales de Especial Interés de Alto Nivel de Protección no se podrá construir. En las Àreas Naturales de Especial Interés (ANEI) se exigirá un mínimo de 50.000 metros cuadrados, en el suelo rústico forestal y las Àreas Naturales de Interés Paisajístico, 25.000 metros cuadrados, y en el suelo rústico de régimen general, 15.000 metros cuadrados. En este sentido, Palau recordó que los Ayuntamientos en sus planeamientos urbanísticos podrán modificar al alza estos parámetros. «El Consell con este PTI ha querido hacer la coordinación supramunicipal pero nunca urbanismo municipal», subrayó.

El presidente del Consell explicó que se ha creado una fórmula «para evitar parcelaciones en suelo rústico» que establece en las segregaciones un incremento progresivo del tamaño mínimo de la parcela exigida para poder edificar. Asimismo, José Torres, explicó que en el caso de las agrupaciones de casas en suelo rústico se ha creado la figura específica de núcleo rural que sólo se podrá aplicar cuando las dos terceras partes del terreno estén ya consolidadas. En estas zonas se limitarán las posibilidades de crecimiento y se obligará a soterrar tanto tendidos eléctricos como telefónicos. Además las viviendas, que deberán ser unifamiliares, tendrán que estar gestionadas por una comunidad de propietarios.

Otro de los puntos destacados del avance presentado ayer es que se establece que en los suelos urbanizables que se agreguen a las áreas de desarrollo urbano se deberá reservar el 15 por ciento como mínimo para viviendas de protección oficial.

Hay un espacio dedicado para es Amunts en el que se concreta que la ordenación de esta zona se establecerá por «los instrumentos de planeamiento general de los términos municipales afectados y mediante la figura de un plan especial orientado a la regulación de la gestión del medio».

El documento abre la puerta a la creación de nuevos puertos deportivos, siempre ateniéndose a la ley de Puertos Deportivos de Balears que está en fase de redacción. Además, en referencia a la creación de campos de golf señala que son un « elemento fundamental para la diversificación de la oferta turística y fomento de la desestacionalización».