La ley de parejas de hecho, aprobada el día 11 en el Parlament balear, plantea muchos interrogantes a aquellas parejas que han recurrido a este recurso para dar una formalidad a su situación sin tener que acudir a un matrimonio civil o eclesiástico, imposible para las uniones entre homosexuales.

Cuatro ayuntamientos de las Pitiüses, Eivissa, Sant Josep, Santa Eulària y Formentera, cuentan con un registro municipal para las parejas de hecho. Sant Antoni se está planteando ofrecer este registro tras la aprobación en el Parlament de la normativa. Una vez que se ha aprobado, muchas parejas inscritas en este registro se preguntan qué pasará a partir de ahora: ¿Habrá que inscribirse en un segundo registro? ¿Qué derechos tienen tras la puesta en vigor de la normativa? ó ¿Donde acudir?

Lo cierto es que la Conselleria de Benestar Social, departamento que ha impulsado esta ley, poco ayuda en los primeros días tras la entrada en vigor. Un portavoz oficial aseguraba la semana pasada que tienen de plazo un mes para dilucidar algunos aspectos de la ley. Una de las opciones que se plantea es que la inscripción de las parejas se siga canalizando a través de los ayuntamientos que cuentan con el registro.

Después de este trámite queda en el aire la adopción por homosexuales, que la consellera reivindicó en la Cámara autonómica. Esta petición responde a una aspiración de Esquerra Unida-Els Verds, pero no contó con el apoyo de Unió Mallorquina. Pese a las críticas sobre esta normativa desde diferentes sectores, la ley está ya en la calle.