La ley de parejas de hecho, aprobada el día 11 en el Parlament
balear, plantea muchos interrogantes a aquellas parejas que han
recurrido a este recurso para dar una formalidad a su situación sin
tener que acudir a un matrimonio civil o eclesiástico, imposible
para las uniones entre homosexuales.
Cuatro ayuntamientos de las Pitiüses, Eivissa, Sant Josep, Santa
Eulària y Formentera, cuentan con un registro municipal para las
parejas de hecho. Sant Antoni se está planteando ofrecer este
registro tras la aprobación en el Parlament de la normativa. Una
vez que se ha aprobado, muchas parejas inscritas en este registro
se preguntan qué pasará a partir de ahora: ¿Habrá que inscribirse
en un segundo registro? ¿Qué derechos tienen tras la puesta en
vigor de la normativa? ó ¿Donde acudir?
Lo cierto es que la Conselleria de Benestar Social, departamento
que ha impulsado esta ley, poco ayuda en los primeros días tras la
entrada en vigor. Un portavoz oficial aseguraba la semana pasada
que tienen de plazo un mes para dilucidar algunos aspectos de la
ley. Una de las opciones que se plantea es que la inscripción de
las parejas se siga canalizando a través de los ayuntamientos que
cuentan con el registro.
Después de este trámite queda en el aire la adopción por
homosexuales, que la consellera reivindicó en la Cámara autonómica.
Esta petición responde a una aspiración de Esquerra Unida-Els
Verds, pero no contó con el apoyo de Unió Mallorquina. Pese a las
críticas sobre esta normativa desde diferentes sectores, la ley
está ya en la calle.
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