El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el pasado martes el
traslado del hasta ahora secretario del Ayuntamiento de Sant Joan,
Jesús Montolio, a la localidad valenciana de Ayora. La institución
se ha quedado sin secretario-interventor y ahora debe decidir, en
sesión plenaria, cómo cubrir la vacante, aunque el alcalde Antoni
Marí Marí, Carraca, reconoce que quiere consultar cuál es el
procedimiento jurídico que debe seguirse en este caso.
En realidad, el Consistorio tiene un escaso margen de maniobra,
especialmente teniendo en cuenta que hay una persona con la
categoría necesaria que se ha ofrecido por escrito para ocupar la
plaza. La solicitud entró en el Ayuntamiento el pasado 16 de
septiembre, antes, incluso, de que el secretario hubiera abandonado
su puesto oficialmente.
Según el Real Decreto 1732/1994 de 29 de julio sobre Provisión
de puestos de trabajo reservados a funcionarios de administración
local con habilitación de carácter nacional, la primera
posibilidad, con preferencia absoluta sobre el resto, es proceder
al nombramiento provisional de un secretario-interventor si esto es
posible en el momento en el que la plaza quede desocupada.
El nombramiento le corresponde realizarlo al órgano competente
de la Comunidad Autónoma -en este caso la Conselleria d'Interior-
una vez que el pleno de la Corporación local haya tomado una
decisión. El nombramiento deberá recaer en todo caso en un
«habilitado», es decir, un secretario-interventor que haya superado
la oposición y tenga «la misma subescala o categoría a que está
reservado el puesto».
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