La exclusiva toma en consideración de la circunstancia de que hace 8 años el padre italiano de esos niños fue condenado a tres meses de prisión por maltrato, desestimando cualquier otra consideración sobre el sinfín de circunstancias que rodean el caso, y desde luego cualquier clase de reflexión y de razonamiento ponderado en base al interés superior de los niños, ha generado una especie de Fuenteovejuna que defiende el rapto de esos menores por su madre, que no quiso devolverlos al padre, su ex-marido, pese a los requerimientos judiciales para que lo hiciera.
La leyes, y no sólo en el contencioso con Cataluña, están para cumplirlas, y los ciudadanos, sus usuarios, obligados a recurrir a ellas en caso de conflicto, olvidándose de actuar por las bravas, y mucho menos habiendo niños por medio. El ex-marido de Juana Rivas, el padre de los menores sacados ilegalmente de su país de residencia por la madre, no ha sido despojado del derecho y el deber de custodia y de tutela de sus hijos, no habiendo iniciado la madre procedimiento legal alguno reclamando ese derecho y ese deber para sí sola. No hace falta señalar, pues, que si hay algún motivo para retirar al padre la custodia de sus hijos, ha de ser la Justicia la que lo establezca, así como los términos de su cumplimiento.
En el caos generado entre unos y otros, entre los juzgados italianos y españoles de una parte, y de unos padres desatentados de otra, parece que va a poner un poco de cordura el juzgado de Granada que ha citado a ambos a declarar la semana que viene. Solo ese careo, prescindiendo de autos incumplidos, Fuenteovejunas y ruido, puede promover el principio del fin del calvario de esos menores.
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