Maika Cabrera, a la salida de los juzgados | Europa Press

La limpiadora de un colegio despedida por colgar una docena de vídeos en TikTok se ha enfrentado este lunes a la empresa en los juzgados de lo Social de la capital en una vista en la que ha defendido que en ningún momento fue advertida de que su comportamiento fuera objeto de una amonestación o causa de despido.

El juicio se ha celebrado esta mañana a puerta cerrada y bajo las advertencias de la jueza de no informar a la prensa. Los abogados de la afectada solicitan que el despido se declare nulo o improcedente.

A su llegada a los juzgados, la demandante ha señalado que espera que se haga justicia porque ella «no hizo nada grave». «Me parece una injusticia muy grande. No hice nada grave. Mi trabajo lo hacía perfectamente. Me llevaba muy bien con todos los niños y los profesores del colegio y nunca ha habido quejas sobre mi trabajo», ha destacado la afectada, quien reconoce que lleva meses muy duros ya que en su casa el único sueldo que entraba era el suyo.

En la vista, Maika Cabrera ha relatado cómo el 22 de abril de 2024 se le notificó de manera sorpresiva su cese por colgar vídeos en la referida red social en los que aparecía bailando con la mopa y el uniforme, que a juicio de la empresa dañaba su imagen.

Sostiene que los vídeos se colgaban fuera de su horario laboral y que no afectaban a su rendimiento en el colegio. A su salida, no ha querido hacer declaraciones tras ser advertida por la jueza.

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Falta muy grave

Maika Cabrera fue despedida de su puesto en el Colegio Gandhi de Madrid, en el distrito de Ciudad Lineal, tras dos décadas dedicadas al sector. El centro escolar tachó de falta muy grave el hecho de aparecer en los vídeos.

La entidad aseguraba que las grabaciones arrojaban mala imagen contra la contrata de servicios. Por eso, el 22 de abril fue comunicada de su despido disciplinario.

En uno de los vídeos, la mujer aparecía bailando con la mopa en la mano y con el texto: «Motivándome para empezar a currar, y para enseñaros mi nuevo uniforme. Vamos, el sábado por la noche me lo pongo para irme de fiesta, jajaja».

Tras el despido, la defensa llamó a la empresa a un acto de conciliación por despido nulo y subsidiariamente improcedente, dado que su clienta «no fue advertida en ningun caso, ni sancionada previamente al despido para que se abstuviera de publicar estos vídeos».

«Es únicamente fruto de la avanzada edad y duración del contrato que tenía Maika con la empresa, pues ni siquiera la publicación de los vídeos es causa de despido disciplinario ni conforme al estatuto de los trabajadores ni conforme al convenio colectivo del sector de limpieza de la Comunidad de Madrid», señala Alfredo Arrién Paredes, letrado penalista y CEO de Paredes y Asociados Abogados.

La empresa se opuso al acto de conciliación, indicando que realizaría alegaciones en el momento procesal oportuno.