La compensación equitativa por copia privada o canon digital es una tasa aplicada a los medios o dispositivos de grabación y destinada a autores, editores y artistas en compensación por las copias o el uso que se hace sus trabajos en el ámbito privado.
Inicialmente, este sistema lo sostenían las propias empresas y desarrolladores de estos dispositivos, esto es, equipos de grabación, aparatos de reproducción de contenidos y soporte de materiales, como CD, DVD, cintas o 'pendrives'.
Sin embargo, a finales de diciembre de 2012 el Gobierno español anuló este procedimiento y propuso un nuevo borrador para regularlo mediante el Real Decreto-Ley 20/2011 por el que se adoptaban "medidas urgentes en materia de Propiedad Intelectual«. Entonces, se limitó el canon digital y se sustituyó por un nuevo sistema »con cargo a los Presupuestos Generales del Estados".
En junio de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunció en contra de este sistema. A pesar de que seguía un modelo utilizado en otros países, donde también se pagan las compensaciones por copia privada mediante impuestos, este organismo insistió en que no se podía garantizar que el coste de dicha compensación solo fuera sufragado por los usuarios de estas copias.
Según el TJUE, este coste repercutía tanto en las personas físicas como jurídicas, cuando estas últimas deberían estar exentas de dicho gravamen. Meses después fue el Tribunal Supremo quien declaró «nulo» e "inaplicable" dicho real decreto.
Tras una revisión, a mediados de 2017 se volvió a implementar un canon digital que comenzaría a gravar con 1,10 euros cada teléfono móvil y 3,15 euros las tabletas, libros electrónicos y dispositivos similares. Entonces, el BOE indicó que se trataba de tasas transitorias que podrían cambiar en un futuro.
El Gobierno y, en concreto, el Ministerio de Cultura y Deporte, ha preparado ahora un nuevo decreto que vuelve a encarecer esta tasa, que señala como deudores a los fabricantes, importadores y distribuidores, lo que a la postre tendrá un impacto en el precio final del producto tecnológico que adquieran los consumidores.
Como sucede actualmente, estas cantidades se distribuyen entre las entidades de gestión de los derechos de Propiedad Intelectual y, a continuación, estas los reparten entre autores y editores (para el formato de libro), artistas, intérpretes, autores y productores fonográficos (música) y autores y productores audiovisuales para vídeo.
Esta medida no ha sido bien recibida entre fabricantes de dispositivos electrónicos y los propios usuarios debido al cambio en el modo de consumo de productos que no están libres de derechos de autor.
Si bien inicialmente el canon digital estaba justificado por la capacidad de copia y distribución de las obras acreditadas, actualmente se accede a este tipo de contenidos vía 'online', esto es, en 'streaming', y sin tener que almacenarlo físicamente en un soporte concreto, como puede ser una memoria externa.
Cambios en la normativa
Este Real Decreto, (209/2023, de 28 de marzo) que entrará en vigor el próximo 1 de julio, introduce novedades tanto en el precio de los equipos como en el contenido que se consume, ya que se incluyen como beneficiarios de la compensación equitativa por copia privada los periódicos y las revistas.
Un cambio significativo en esta regulación es que por primera vez se regula el precio de los 'smartwatches', esto es, los relojes inteligentes «con funcionalidad de reproducción de fonogramas, videogramas y textos o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales», tal y como se definen en este texto legal. Estos tendrán una tasa de 2,50 euros.
A partir de esa fecha todos los teléfonos inteligentes con sistemas operativos Android, iOS y HarmonyOS que tengan una capacidad superior a 128,01 GB también serán 3,25 euros más caros en el momento de su compra.
También se encarecerán las tabletas con dichos sistemas operativos y hasta una capacidad de 64,01 GB, que pasarán a costar 3,75 euros más, siendo los ordenadores de sobremesa y los portátiles los que presenten la tasa más alta: 5,33 euros.
Las unidades de disco duro (HDD) presentan, en cambio, diferencias en su precio dependiendo de su capacidad. De este modo, las que ofrezcan una memoria de hasta 1 TB serán 0,90 céntimos más caras en el momento de su compra. Las que vayan de los 1,01 TB hasta los 6 TB llevarán una tasa de 1,50 euros, mientras que las HDD para integrar de 1,01 TB hasta 6 TB serán 3 euros más caras.
Este cambio de impuestos también llega a las unidades de estado sólido (SSD), con 0,90 euros añadidos al precio final del producto en las SSD para integrar hasta 256 GB, 1,50 euros para las que vayan de los 256,01 GB hasta 1 TB, y 3 euros para SSD cuya capacidad sea superior a 1,01 TB.
La capacidad de los discos integrados en equipos también marca el precio final de estos dispositivos, en un apartado en el que "quedan exceptuados los discos integrados en videoconsolas que no permitan realizar reproducciones amparadas por el límite de la copia privada", según cita este documento.
Así, los equipos con disco integrado de hasta 1 TB verán incrementado su precio en 3 euros, mientras que los que vayan de 1,01 TB hasta 6 TB deberán pagar un impuesto de 4 euros y los que superen esa capacidad, de 5 euros.
Impresoras y periféricos
Con la entrada en vigor de la nueva ley también se establece el canon digital para equipos y aparatos digitales de reproducción de libros y publicaciones con capacidad de copia, impresión o escaneado.
Es el caso de los equipos multifunción de reprografía, que serán 5,25 euros más caros a partir del 1 de julio. Por su parte, solo las impresoras monofunción capaces de hacer hasta 39 copias llevarán una tasa de 4 euros, mientras que las que superen esa cifra no llevarán coste adicional.
Los escáneres se encarecerán 3 euros más (tanto los que presentan pantalla de exposición de hasta 29 ppm como los de mano), mientras que en los discos duros periféricos HDD hasta 6 TB se implementará una tasa de 4 euros (hasta 1 TB en el caso de los SSD) y en los que superen esa capacidad (a partir de 6,01 TB y más de 1,01 TB en el caso de los SSD), de 6,45 euros.
Las tarjetas de memoria y las memorias USB, por el contrario, se quedan con el mismo canon independientemente de su capacidad: 0,24 euros hasta 64 GB o superior.
Reproductores MP3 y MP4 y libros electrónicos multimedia alcanzan una tasa de 3,15 euros, mientras que los teléfonos móviles no inteligentes con función MP3 se quedan en 1,10 euros más en su precio final, mientras que en los libros electrónicos monofunción -esto es, los que solo tienen la capacidad de reproducir libros y publicaciones similares- se sumarán 2 euros más.
Finalmente, se encuentran las grabadoras externas y para integrar CD-DVD (con una compensación equitativa por copia privada de 1 euro), DVD/Blue-Ray grabables y regrabables (0,21 euros) y CD grabables y regrabables, que sumarán el impuesto más bajo, de 0,08 céntimos, a su precio final una vez entre en vigor el nuevo decreto.
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